Cobran vigencia montos de salario mínimo decretados por el Ejecutivo

Cobran vigencia montos de salario mínimo decretados por el Ejecutivo

El acuerdo gubernativo 264-2024 comenzó a regir desde el 1 de enero.
02/01/2025 07:44
Fuente: Canal Antigua 

Los Salarios mínimos acordados comienzan a regir de forma legal a partir de este 1 de enero de 2025 en todo el país, decretado por el Ejecutivo.

El Acuerdo Gubernativo Número 264-2024 establece los Salarios Mínimos para las Actividades Económicas por Circunscripción Económica en la República de Guatemala, los cuales comienzan a regir a partir de este 01 de enero de 2025.

Dichos salarios mínimos tanto para la parte agrícola como para la no agrícola fueron debidamente consensuados con las debidas comisiones paritarias y abarcan la Circunscripción Económica 1 para el departamento de Guatemala y la Circunscripción Económica 2 para el resto de departamentos del país.

Se fija el salario mínimo para actividades agrícolas en el departamento de Guatemala en Q118.14 diarios, lo cual dará 3 mil 593.55 mensuales.

En cuanto a actividades no agrícolas para el mismos sector, se fijan en Q122.40 diarios, equivalentes a 3 mil 723.05 mensuales.

Para Actividades Exportadoras y de Maquila para el mismo departamento, se establece un salario mínimo diario de Q107.79 y uno mensual de 3 mil 278.59.

Mientras tanto, el salario mínimo diario para actividades agrícolas en el resto de departamentos queda en Q112.99; además, se establece un salario mínimo mensual de 3 mil 436.86.

Las actividades no agrícolas devengarán un salario mínimo diario de Q116.73, y uno mensual de 3 mil 550.60.

Y por último, para la Actividad Exportadora y de Maquila del resto de departamentos, se contempla un salario mínimo diario de Q101.83, lo cual equivaldrá a 3 mil 97.21 mensuales.

Además del salario mínimo se deberá pagar también la bonificación incentivo, que son de Q250, la cual no debe fraccionarse por ningún motivo.

Y finalmente, el Mintrab aplicará las sanciones respectivas según la legislación vigente, y por ningún motivo en perjuicio de los trabajadores.

Por Bryan Choy