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Verificamos por usted: Tiene capacidad el Ministerio de Gobernación para administrar el control telemático
A partir del 1 de junio el Mingob deberá administrar tobilleras electrónicas y monitorear las 24 horas a procesados que califiquen a este beneficio como medida sustitutiva.
En 2016 se aprobó el Decreto 49-2016, Ley de Implementación del Control Telemático en el Proceso Penal, siete años después este se empezará a implementar en el sistema de justicia guatemalteco. Consiste en un brazalete que envía señal de la localización de la persona, se coloca en el tobillo y pesa 68 gramos.
El juez dictará si la persona deberá cumplir prisión preventiva o bien hacer uso de un dispositivo de control telemático. En la orden de instalación se debe de indicar si el privado de libertad pagará la cifra mensual de Q1 mil 500 mensuales o Q50 diarios o si es el Ministerio de Gobernación (Mingob) la que absorberá los gastos, luego de un estudio socioeconómico.
Para el funcionamiento y monitoreo de los brazaletes se creó la Unidad de Control Telemático, la cual pertenece a la Dirección Superior del Mingob. Dicha unidad se encargará de la verificación de la señal enviada por los dispositivos.
En caso el privado de libertad salga del área donde debe permanecer o se acerque a alguna zona restringida emitirá una alarma, el mismo sistema se activará si la persona se intenta quitar la tobillera.
El dispositivo envía la señal con cuatro tecnologías diferentes las cuales son: GPS, radiofrecuencia, Wifi y un servicio que triangula antenas de telefonía llamado LBS. Se entregará a la persona la base del cargador más un cargador inalámbrico, cuando al control le sobra poca potencia emite una señal al centro de monitoreo.
Por otro lado, el cumplimiento de la medida puede ser castigado con la revocación de la medida, el pago de una multa, pena de prisión y la inmediata captura.