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Gastos de representación: qué son y cómo pueden utilizarlos el presidente y vicepresidente de Guatemala
Los gastos de representación se regulan en la Constitución y la Ley Orgánica del Presupuesto. Conozca cómo funcionan y quién fiscaliza.
Los gastos de representación son fondos asignados a altos funcionarios del Estado para cubrir actividades oficiales.
En Guatemala, tanto el presidente como vicepresidente reciben una cantidad específica aprobada anualmente en el Presupuesto General de la Nación. Pero ¿cómo pueden utilizar estos recursos y bajo qué regulaciones?
Un punto importante es que estos fondos son esenciales para las funciones oficiales de los altos funcionarios del Ejecutivo; sin embargo, su uso debe estar estrictamente apegado a la ley.
Según la normativa que los regula, los gastos de representación deben ser razonables, transparentes y justificados, y están sujetos a controles y auditorías que garanticen su uso adecuado.
¿Qué son los gastos de representación?
Los gastos de representación son sumas de dinero otorgadas a ciertos funcionarios públicos para cubrir costos relacionados con su labor oficial, como reuniones, viajes y eventos en los que representan al Estado.
Estos fondos no forman parte del salario y deben usarse exclusivamente para actividades vinculadas con las funciones del cargo.
Respecto a su regulación, el artículo 238 de la Constitución establece que los gastos de representación solo pueden ser otorgados cuando sean necesarios para el servicio público.
¿Cómo se determinan los montos?
El Congreso de la República es el encargado de aprobar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, en el cual se establece cuánto recibirán el presidente y la vicepresidente en concepto de gastos de representación. La propuesta inicial es elaborada por el Ministerio de Finanzas Públicas y su ejecución debe cumplir con la Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto 101-97).
Según el artículo 77 de dicha normativa, los gastos de representación pueden asignarse a funcionarios de distintos rangos, entre ellos el presidente, la vicepresidente y los integrantes del Congreso de la República, como los diputados y sus directivos.
También pueden otorgarse a ministros, viceministros, el fiscal general y otros cargos de alto nivel.
¿En qué pueden gastar estos fondos los funcionarios?
De acuerdo con la normativa vigente, estos recursos deben destinarse exclusivamente a funciones oficiales, como:
- Participación en reuniones diplomáticas o de Estado
- Atención de delegaciones extranjeras
- Organización de eventos protocolarios
- Gastos en alimentación y transporte relacionados con su labor
Como parte de las restricciones, estos fondos no pueden utilizarse para gastos personales, adquisición de bienes privados ni para ningún otro uso no vinculado a la función pública.
La fiscalización de estos gastos corresponde a la Contraloría General de Cuentas (CGC) al ser la entidad responsable de auditar y verificar que el uso de estos fondos cumpla con la ley. Cualquier mal manejo puede derivar en sanciones administrativas o legales.