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Sandoval: analizamos si al no ser financiamiento no registrado, pudiera ser lavado de dinero
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15/05/2021 17:43
Fuente: La Hora
Por Jeanelly Vásquez [email protected] Luego que la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró esta semana parcialmente con lugar un recurso de apelación interpuesto por Mario Roberto Leal Pivaral y Rodrigo Leal Castillo, señalados en el caso Financiamiento Electoral UNE, en el programa “ConCriterio” fue consultada la postura del jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, quien lleva el caso referido. “Si yo no registro los ingresos a una campaña política y además voy a utilizar documentos falsos para ocultar los mismos, ¿Por qué ocultando o por qué estoy falseando?, eso es parte del análisis que tendremos que hacer con respecto a cada tipo penal. Si no es entonces financiamiento electoral no registrado, ¿entonces si es lavado de dinero o si hay falsedades?, es parte de los análisis que tendremos que hacer”, amplió el fiscal Sandoval. Además, sostuvo que al emitir sentencia por financiamiento no registrado, los tribunales deberán admitir si las acciones corresponden más a una figura jurídica que a otra, del mismo modo, comunicar a qué figura corresponden los hechos que se están juzgando. “Los tribunales no pueden modificar los hechos, pero sí la calificación jurídica”, puntualizó. Sandoval expuso entre otros puntos que, cuando los órganos jurisdiccionales emitieron la orden de detención por financiamiento electoral no registrado no se parte de revisar los epígrafes sino la conducta que regula la norma. En ese sentido, explicó que, el hecho de no registrar los aportes que se realizan a la campaña de una agrupación política, están vigentes desde el 2010 y continúan vigentes a la fecha.
La CC declaró un recurso de apelación interpuesto por Mario Roberto Leal Pivaral y Rodrigo Leal Castillo, señalados en el caso Financiamiento Electoral UNE. Foto La Hora[/caption] “Quien consienta o reciba aportaciones, con motivo de actividades permanentes o de campaña electoral y no las reporte a la organización política para su registro contable, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de Q20 mil a Q100 mil”. También menciona que, quien realice aportaciones dinerarias o en especie a las Organizaciones Políticas o a sus candidatos, para actividades permanentes o de campaña electoral sin acreditar su identidad según los procedimientos establecidos en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa del cien por ciento de la cantidad no registrada e inhabilitación para ser contratista y proveedor del Estado de Guatemala, hasta por un período de cinco años.
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