CC suspende frase del reglamento de Codisra que podría atentar contra la libertad de expresión

CC suspende frase del reglamento de Codisra que podría atentar contra la libertad de expresión

La decisión constitucional responde a una inconstitucionalidad promovida por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG).
19/12/2024 13:21
Fuente: Prensa Libre 

El monitoreo a medios de comunicación, impulsado por la presidencia de Bernardo Arévalo mediante el acuerdo 189–2024 quedó suspendido de manera provisional. La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió que la palabra “monitoreo” no debía estar vigente en el documento legal reformado por el Organismo Ejecutivo.

El Ejecutivo modificó las funciones de la Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo (Codisra), permitiéndole monitorear a medios de comunicación y presentar denuncias por posibles casos de discriminación y racismo contra pueblos indígenas.

Esta modificación no fue compartida por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), quienes presentaron una acción de inconstitucionalidad que pedía la intervención constitucional porque, según su análisis, las modificaciones atentaban contra la libertad de expresión.

El caso fue conocido este jueves 19 de diciembre en una sesión ordinaria de la CC, que analizó el caso y consideró oportuno suspender la frase “monitorear” del reglamento de Codisra, emitiendo una suspensión provisional por ahora de la medida.

La decisión de la CC fue unánime, por los magistrados titulares Néster Vásquez, Leyla Lemus, Dina Ochoa y Héctor Hugo Pérez Aguilera; junto a los suplentes Rony Eulalio López, Walter Paulino Jiménez y Luis Rosales.