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Piden a la CC agilizar fallo sobre norma que obliga a identificar a verdaderos dueños de proveedores del Estado
Cinco organizaciones de la sociedad civil y personas individuales solicitaron a la Corte de Constitucionalidad (CC) que “resuelva con prontitud” la acción de inconstitucionalidad que suspendió provisionalmente la obligación de que los proveedores del Estado reporten ante el RGAE a sus accionistas y beneficiarios finales.
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La medida se denomina Acuerdo Gubernativo de Proveedores Transparentes y está contenida en el Acuerdo Gubernativo 133-2024, reformado por el 208-2024, que establece requisitos, trámites y procedimientos de inscripción y otras anotaciones registrales ante el Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE).
El artículo 9 obligaba a las empresas proveedoras del Estado a declarar, antes de junio del 2025, a sus accionistas y a las personas físicas que poseen o controlan efectivamente la entidad, ya sea de forma directa o indirecta. Sin embargo, la CC, con resolución divulgada el 11 de julio del 2025, suspendió provisionalmente el numeral ii de la literal d del artículo 9, que contiene dicha obligación.
La acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial, fue presentada por Raúl Enrique Ramírez Ceballos, y la suspensión provisional fue emitida por la CC el 10 de julio del 2025.
Por medio de un boletín, se informó que las cinco organizaciones de sociedad civil —Acción Ciudadana (AC), Asociación Civil Diálogos, Consejo Nacional Empresarial (CNE), Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH) e Involúcrate Guatemala ONG—, así como “ciudadanos que se suscriben a título personal y que inciden en diferentes espacios como la instancia de Consejeros Delegados de la Comisión Nacional contra la Corrupción (CNC)”, presentaron el miércoles 3 de septiembre un amicus curiae en defensa del Acuerdo Gubernativo 133-2024 del Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin).
Con esta herramienta se busca ofrecer a los magistrados argumentos técnicos y legales para tomar una decisión informada, justa y responsable. Los ponentes consideran que resolver con prontitud esta acción de inconstitucionalidad es vital para la transparencia, la competitividad del país y el cumplimiento de compromisos internacionales, se añadió. Se expuso que las medidas implementadas por el Gobierno buscan fortalecer la transparencia, prevenir la evasión fiscal y los delitos financieros, y combatir la corrupción en las contrataciones públicas.
El objetivo es identificar a los beneficiarios finales, conocidos como BOT (Beneficial Ownership Transparency), lo cual representa un avance en el cumplimiento de los compromisos internacionales contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, conforme a los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
También argumentan que el incumplimiento de estas normas podría afectar la calificación de riesgo país y generar sanciones o restricciones en mercados internacionales.
“La organización Open Contracting Partnership ha señalado que la opacidad en la estructura de propiedad permite a personas obtener contratos de forma indebida y beneficia a empresas con intereses ocultos”, añadieron las entidades.
“Desde la sociedad civil presentamos ante la CC un amicus curiae, con argumentos y recomendaciones de expertos nacionales e internacionales sobre cómo resolver este amparo y fortalecer las acciones de transparencia”, expresó César Vega, coordinador de Acción Ciudadana.
“Los beneficiarios finales son los verdaderos propietarios de las empresas que participan en contrataciones del Estado. Un beneficiario final es quien económicamente se beneficia de estas contrataciones, más allá de su representante legal”, explicó en el boletín María del Carmen Pelaéz, investigadora anticorrupción de Diálogos, quien considera fundamental fortalecer la transparencia y generar confianza pública en las contrataciones estatales.
Yara Tobar, presidenta de la junta directiva del Consejo Nacional Empresarial (CNE), dijo que exigen a la CC resolver conforme a la ley, ya que un marco sólido de transparencia financiera puede mejorar la calificación de riesgo país, reducir los costos de financiamiento público y privado, y generar mayores oportunidades de inversión y desarrollo.
También se pronunció Carlos Fernández, del Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH), quien comentó que mientras menos transparencia hay, más oportunidades existen de usar empresas fachadas, prestanombres o testaferros “para disfrazar a los verdaderos beneficiarios de contratos millonarios del Estado”.
Contexto:
- La acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial, fue presentada por Raúl Enrique Ramírez Ceballos. La resolución, correspondiente al expediente 4255-2025, fue emitida por la CC el 10 de julio del 2025 y publicada el viernes 11 en el Diario de Centro América, según consta en dicho documento.
- La medida suspendida establecía que los proveedores con personería jurídica debían presentar, mediante una certificación, los datos de quiénes son los accionistas y las personas físicas que poseen o controlan efectivamente las decisiones de la persona jurídica, de forma directa o indirecta. La certificación debía estar firmada y sellada por el órgano de administración de la sociedad mercantil.
- Las entidades obligadas a realizar esa actualización eran sociedades mercantiles, asociaciones, cooperativas, fundaciones, sociedades civiles, organizaciones no gubernamentales y otras entidades jurídicas inscritas y actualizadas en el RGAE, según informó el Minfin. El plazo para cumplir con dicha obligación vencía el 30 de junio del 2025.
- A partir del 1 de julio del 2025, los proveedores que no reportaran esa información perderían su estatus de actualizados en el sistema RGAE y no podrían participar en ningún evento, adjudicación o contratación en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Guatecompras). Sin embargo, el 11 de julio fue suspendida provisionalmente.