¿Restricción de horarios a cevicherías en Antigua? Municipalidad responde que reglamento fue aprobado en 2008

¿Restricción de horarios a cevicherías en Antigua? Municipalidad responde que reglamento fue aprobado en 2008

En redes sociales generó controversia una publicación de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de la Antigua Guatemala en la que daba a conocer los horarios de funcionamiento de cevicherías en la ciudad colonial, lo cual deriva de un reglamento aprobado en 2008, según la comuna antigüeña. La publicación compartida por la entidad vial destaca […]

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06/09/2025 14:10
Fuente: La Hora 

En redes sociales generó controversia una publicación de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de la Antigua Guatemala en la que daba a conocer los horarios de funcionamiento de cevicherías en la ciudad colonial, lo cual deriva de un reglamento aprobado en 2008, según la comuna antigüeña.

La publicación compartida por la entidad vial destaca que las cevicherías pueden abrir desde las 6:00 horas hasta las 18:00 horas.

Según la PMT, la medida establece que el horario es para los establecimientos de servicios de alimentos del mar como pescado, camarón, concha, entre otros.

También, detalla que el horario es aplicable en corredores comerciales autorizados y zonas de restricción máxima.

Además, destaca que estos comerciales deben contar con licencia de sonido anual autorizada por la Dirección de Gestión Ambiental (Digam) de 50 dB en interiores y 40 dB en exterior.

ESTO DICE MUNICIPALIDAD

La Hora se comunicó con la Municipalidad de Antigua Guatemala para conocer la razón por la cual se restringe los horarios a las cevicherías, a lo que respondieron que el reglamento fue aprobado en 2008 y reformado en 2022 y que se llama “Reglamento de Clasificación de Negocios de Atención Alimenticia y Solaz de los habitantes del municipio de la Antigua Guatemala y horarios de funcionamiento de los mismos”.

Este fue publicado en el Diario de Centroamérica el 8 de agosto de 2008 y establece los horarios para negocios como cafeterías, comedores, restaurantes, cevicherías, abarroterías, depósitos, pulperías, tiendas, así como cantinas, bares, y discotecas.

En el caso de las cevicherías detalla que son establecimientos autorizados para servir alimentos clasificados dentro de la categoría de alimentos extraídos del mar, como pescado, concha, camarón y productos similares.

“Con un horario de funcionamiento de 6:00 a 18:00 horas, este tipo de negocios solo podrá localizarse en los corredores comerciales definidos en el Reglamento de localización de establecimientos abiertos al público en la zona de restricción máxima”, agrega.