Ordenan a Aifán analizar otra vez si Arenas y Botrán deben ir a juicio
La jueza de Mayor Riesgo D, Erika Aifán, tiene a su cargo el expediente por financiamiento irregular al partido político FCN-Nación.
La jueza de Mayor Riesgo D, Erika Aifán, deberá resolver una vez más si dos sospechosos por financiamiento irregular a favor del partido político Frente de Convergencia Nacional-Nación (FCN-Nación) tendrán enfrentar juicio.
Por orden de la Sala Primera de Mayor Riesgo la juzgadora deberá emitir un nuevo fallo con relación al caso que se sigue en contra de los empresarios Rodrigo Arenas y Andrés Botrán.
El Ministerio Público (MP) los vincula con supuestas acciones ilegales que se desarrollaron para financiar a la referida agrupación política en la campaña electoral que se realizó en 2015.
#AHORA Sala Primera de Mayor Riesgo otorgó amparo definitivo a Rodrigo Arenas y Andrés Botrán, y ordena a la jueza Erika Aifán volver a resolver si los acusados enfrentarán juicio por supuesto financiamiento irregular del partido FCN-Nación | Vía Samanta Guerrero pic.twitter.com/lRzHUYmR51
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) June 2, 2021
Ambos fueron enviados a juicio en marzo de 2019, pero accionaron en contra de la decisión de la juzgadora porque consideraron que hubo elementos del proceso que no fueron analizados de manera adecuada y oportuna.
Dicha Sala resolvió un amparo de manera definitiva con el cual Arenas y Botrán pidieron que se repitiera la audiencia de fase intermedia, en la cual se conoció la acusación en su contra y se determinó que el caso tenía que ser analizado por un tribunal de Sentencia Penal.
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Resolución de Aifán
Cuando la jueza dio a conocer que Arenas y Botrán debían enfrentar juicio para que se estableciera la veracidad de los cargos que el órgano encargado de la persecución penal efectúa en su contra, dijo:
“A criterio de esta judicatura, existieron indicios de financiamiento electoral ilícito y fueron procesados. Después, sucedió el cambio de la ley y el MP pidió el criterio de oportunidad, aunque ninguno de los dos procesados estuvo de acuerdo y, por eso, el señalamiento fue distinto, por financiamiento electoral no registrado. Esta modificación de la ley fue posterior a que -los empresarios- fueran procesados”.
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