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PGN se opone a convenio de colaboración eficaz en caso de corrupción
La Ley contra la Delincuencia Organizada establece la elaboración de un convenio con la persona que facilite información a la Fiscalía.
La Procuraduría General de la Nación (PGN) se opuso al convenio de colaboración eficaz que la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP) elaboró en el caso que se denomina como “Mecanismo de Corrupción en el Ministerio de Energía y Minas”.
De esa cuenta, la entidad señaló que no está de acuerdo con el otorgamiento de beneficios al procesado Edwin Alberto Hernández Roque.
Este habría informado al órgano encargado de la persecución penal que dio sobornos al extitular del Ministerio de Energía y Minas (MEM) Erick Archila Dehesa.
#AHORA La audiencia programada en el Juzgado de Mayor Riesgo “E” fue suspendida debido a la inconformidad de la @PGNguatemala en relación a la reparación digna. El procesado está dispuesto a resarcir al Estado con Q4 millones por el daño causado | Vía Samanta Guerrero pic.twitter.com/ABw2Vrh9za
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) July 7, 2021
En el Juzgado de Mayor Riesgo E se tenía programada una audiencia en la cual se conocería el apoyo que Hernández Roque brindó a la Fiscalía, así como los beneficios que le serían concedidos por su colaboración.
Sin embargo, la diligencia fue suspendida por la inconformidad que planteó la PGN.
La entidad se opuso al monto que se solicitaría al señalado por concepto de reparación digna al Estado de Guatemala.
Según las negociaciones que fueron efectuadas entre la FECI y la defensa de Hernández Roque, este estaría dispuesto a resarcir al Estado con Q4 millones por el daño que le causó a las arcas públicas.
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Convenio de colaboración eficaz
La Ley contra la Delincuencia Organizada establece los beneficios que se pueden conceder a los señalados de delitos que hubiesen contribuido con el MP con la resolución de las investigaciones.
De esa cuenta, la normativa señala que:
“Se considera como colaboración eficaz a la información que proporcione la persona que permita conocer la forma de operaciones de la estructura criminal a la cual se le vincula”.
Pueden ser colaboradores eficaces las personas que hayan sido señaladas de integrar una red delictiva y que por lo menos sea procesada.
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