Celulares en cárceles: Congreso conocerá iniciativa que propone nuevos delitos y sanciones
Con dictamen favorable de la Comisión de Gobernación, la iniciativa propone penas de hasta 10 años por facilitar comunicaciones ilícitas en cárceles y obliga a las telefónicas a bloquear señales.
La Comisión de Gobernación del Congreso emitió dictamen favorable, con modificaciones, a la iniciativa 6746, que propone aprobar la Ley para la Prevención y Sanción de Comunicaciones Ilícitas en Centros de Privación de Libertad. La propuesta incorpora nuevas sanciones y medidas de bloqueo de señales telefónicas, aunque la legislación vigente ya penaliza el ingreso y uso de celulares en las cárceles.
El dictamen, firmado el 28 de octubre, fue remitido a la Dirección Legislativa y será conocido en primera lectura durante la sesión ordinaria del martes 3 de noviembre, que se realizará en el Congreso a las 14 horas.
En la exposición de motivos, la propuesta ley señala que la obligación para que las empresas de telecomunicaciones implementen medidas y sistemas alrededor de los centros carcelarios del país se plantea “con la finalidad de disminuir la capacidad operativa de las organizaciones delictivas que operan desde las cárceles”. También propone dotar al Estado de herramientas jurídicas, administrativas y tecnológicas para impedir que estructuras criminales coordinen extorsiones, amenazas y sicariato desde las cárceles.
La comisión fundamenta la medida en los artículos 1, 2 y 19 de la Constitución Política de la República y cita jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), según la cual “el Estado no puede desbordar el uso de la fuerza con consecuencias letales para los internos. Lo contrario sería absolver al Estado de su deber de adoptar acciones de prevención”.
Penas de hasta 10 años de prisión
El proyecto, integrado por cinco capítulos y 17 artículos, establece penas de prisión y multas para quienes incumplan la ley.
El artículo 4 tipifica el delito de facilitación ilícita de comunicaciones y establece penas de 6 a 10 años de prisión y multas de Q100 mil a Q500 mil para quienes ingresen, instalen o administren dispositivos de telecomunicación no autorizados en las cárceles.
El artículo 8 otorga protección a los equipos de inhibición de señal, considerados “infraestructura estratégica de seguridad nacional, por lo que su protección constituye de interés público y su afectación será perseguible de oficio”. Quienes destruyan o inutilicen estos dispositivos enfrentarán penas de seis a 10 años de prisión.
Obligaciones para las telefónicas
La propuesta reforma la Ley General de Telecomunicaciones (Decreto 94-96) mediante la incorporación del artículo 22 Ter, que obliga a las operadoras a establecer perímetros virtuales mediante GPS, redes móviles o wifi para detectar actividad de comunicaciones en los centros penitenciarios.
También contempla mecanismos de bloqueo de frecuencias autorizadas por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT), “bajo criterios de proporcionalidad, razonabilidad y mínima afectación a usuarios y servicios ajenos al centro penitenciario”.
Las empresas deberán cooperar técnicamente con el Sistema Penitenciario (SP) y el Ministerio de Gobernación (Mingob). La SIT, por su parte, enviará informes trimestrales al Mingob sobre el cumplimiento de los bloqueos.
El artículo 15 prohíbe a funcionarios, contratistas y guardias penitenciarios “el ingreso, porte o uso de teléfonos celulares y dispositivos de comunicación inalámbrica durante su jornada laboral”. Se exceptúan los equipos institucionales autorizados para emergencias.
Contratación de tecnología
También permite una “dispensación temporal” de los procedimientos ordinarios de la Ley de Contrataciones del Estado por razones de “seguridad nacional, interés público y urgencia institucional”.
Como medida de transparencia, establece que “toda contratación deberá ser justificada y reportada a la Contraloría General de Cuentas y a la Comisión de Gobernación del Congreso en un plazo de 30 días”.
Cambios para evitar inconstitucionalidades
La Comisión de Gobernación introdujo 11 modificaciones al texto original para garantizar la seguridad jurídica y evitar interpretaciones extensivas e inconstitucionalidades.
Entre los cambios figura la sustitución de términos ambiguos, como “tecnologías emergentes”, por “dispositivos, equipos o servicios de telecomunicación capaces de transmitir, recibir, almacenar o procesar señales, datos, voz o información electrónica”.
También se incorporaron criterios de proporcionalidad y mínima afectación a usuarios ajenos a los centros penitenciarios.
Además, se sustituyeron las “distancias rígidas” para los bloqueos por “perímetros técnicos determinados mediante estudios especializados”.
El dictamen también diferencia las sanciones administrativas de la responsabilidad penal e incorpora garantías procesales, como el derecho de audiencia previa y de defensa para las empresas de telecomunicaciones sujetas a investigación.
Gobernación apoya la propuesta
El ministro de Gobernación, Marco Antonio Villeda, afirmó hace unos días que actualmente existen diversas maneras en las que los reos pueden acceder a servicios de comunicación e internet desde las cárceles.
Villeda aseguró que la cartera ha realizado las evaluaciones correspondientes para determinar qué tipo de bloqueadores deben implementarse en los centros penitenciarios, ya que en algunos se han detectado dispositivos de “internet satelital”.
Según el funcionario, la adquisición o el arrendamiento de equipos de bloqueo son bastante costosos, por lo que considera más viable que el Congreso apruebe la iniciativa de ley.
“Este servicio nosotros nos hemos dado cuenta últimamente que es bastante caro, yo creo que sería más aconsejable que el Congreso aprobara esta iniciativa de ley en donde se obliga a las empresas telefónicas a cortar el servicio en los centros penitenciarios. Esto nos haría ahorrar mucho dinero y también sería más recomendable, más viable y efectivo”, aseguró Villeda en esa ocasión.
Estado no ejerce control real en cárceles
El politólogo Cristhians Castillo, del Instituto de Problemas Nacionales de la Universidad de San Carlos (Ipnusac), considera que el Sistema Penitenciario en Guatemala es un espacio en el que “el Estado no ejerce control real”, ya que solo garantiza la seguridad perimetral, pero “no tiene un control interno, ni sobre la población privada de libertad”.
Esta situación permite que desde las cárceles se dirijan estructuras criminales y pandillas vinculadas con delitos como la extorsión.
“El Estado de Guatemala no ha encontrado la ruta para tener un control dentro de los centros carcelarios y sobre todo a la población privada de libertad. No hay una capacidad de poder controlar a quienes desde las cárceles dirigen estructuras criminales y las pandillas han encontrado en la cárcel un espacio para articularse y para dirigir la economía criminal de la cual depende”, asegura.
Castillo recuerda que en el 2009, cuando el grupo denominado G4 impulsó el Acuerdo Nacional para el Avance de la Seguridad y la Justicia, se propuso controlar las comunicaciones en las cárceles. El G4 estaba integrado por la Universidad de San Carlos, la Procuraduría de los Derechos Humanos, la Conferencia Episcopal de Guatemala y la Alianza Evangélica. Sin embargo, el politólogo considera que hasta el momento no ha habido voluntad política para solucionar el problema.
Respecto de la iniciativa de ley, Castillo considera que representa un paso positivo, ya que busca quitarles a las pandillas uno de sus principales mecanismos de operación criminal.
“Esta iniciativa me parece que es un nuevo paso hacia adelante, precisamente para quitarle a las pandillas uno de los mecanismos de operatividad criminal que es la comunicación desde las cúpulas que giran instrucciones para las estructuras que operan fuera de las cárceles”, asegura.
También advierte que la ley debe “blindar” al Estado, ya que en el pasado el uso de medios especiales de investigación y control ha generado críticas.
Además, prevé que las empresas telefónicas reaccionarán ante la medida, pues implica que el Estado adquiera capacidades que antes no tenía en el ámbito de las telecomunicaciones.
“Las empresas telefónicas generarán, en algún momento, algún tipo de reacción teniendo en cuenta que, para las empresas, en este caso la empresa privada, dar este paso es un inicio de que el Estado guatemalteco tenga capacidades que antes no había tenido”, concluye Castillo.