Pago del IGSS por suspensión: Monto máximo y duración en casos de enfermedad, accidente o maternidad

Pago del IGSS por suspensión: Monto máximo y duración en casos de enfermedad, accidente o maternidad

Conozca cuánto paga el IGSS por suspensión de enfermedad, accidente o maternidad, desde cuándo aplica, cuánto dura y en qué casos puede perderse.

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17/09/2025 08:00
Fuente: Prensa Libre 

El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) otorga a sus afiliados un subsidio económicocuando se ven obligados a suspender sus labores por enfermedad, accidente, maternidad o incluso en casos de aborto espontáneo o terapéutico.

Estas prestaciones son un aporte económico para el trabajador durante el tiempo en que no pueda desempeñar sus funciones.

¿Cuánto otorga el IGSS por subsidio por suspensión laboral? En algunos casos el trabajador puede recibir el equivale al 100% del salario, mientras que en otros el afiliado recibe únicamente dos tercios de su sueldo diario. ¿En qué situaciones aplica cada porcentaje?

Otra duda pueda ser, si un trabajador estuvo suspendido durante 20 días por enfermedad o accidente, ¿a cuánto tiene derecho a recibir? Y además, ¿cuánto tiempo tiene para reclamar o cobrar este subsidio por suspensión? En la siguiente nota encontrará las respuestas.

¿Cuánto paga el IGSS por suspensión de enfermedad, maternidad o accidente?

Según lo explica el propio instituto, el monto del subsidio se calcula con base en el salario base diario del trabajador reportado en las planillas de seguridad social, y está sujeto a un límite máximo.

  • Enfermedad o accidente: el IGSS paga dos tercios (2/3) del salario base diario. El pago puede llegar a un máximo de Q120 diarios, siempre calculado con base en el salario reportado.
  • Maternidad (embarazo y parto): la afiliada recibe el 100% del salario base diario durante el período de suspensión.
  • Aborto espontáneo o terapéutico: el subsidio también cubre el 100% del salario base diario.

¿Cuánto tiempo dura el pago del IGSS por Enfermedad, Maternidad o Accidente (EMA)?

La duración del beneficio depende de la causa de la suspensión, según el Acuerdo 468 de la Junta Directiva del IGSS:

  • Maternidad: se conceden 84 días, distribuidos en 30 días prenatales y 54 días postnatales. Si existen complicaciones al finalizar el período, la suspensión continúa como enfermedad, pagando 2/3 del salario base.
  • Aborto espontáneo o terapéutico: hasta 27 días desde la fecha del procedimiento.

¿Cuándo inicia el pago del subsidio por Enfermedad, Maternidad o Accidente (EMA)?

El subsidio del IGSS, según el artículo 30 del Acuerdo 468 de la institución, no se otorga desde el primer día de suspensión:

  • Primer día: lo cubre el patrono.
  • Segundo y tercer día: se consideran como tiempo de espera sin pago.
  • A partir del cuarto día: comienza a pagarse el subsidio por enfermedad.
  • En caso de accidente laboral, el beneficio inicia desde el segundo día de suspensión.

¿En qué casos se puede perder el pago de subsidio del IGSS?

El afiliado puede perder este beneficio si no cumple con las disposiciones médicas:

  • Si el trabajador no acata la suspensión médica y continúa laborando, el IGSS no pagará el subsidio, aunque el patrono deba seguir cubriendo su salario.
  • Si la suspensión coincide con un período de vacaciones, tampoco será válido el pago del subsidio.

Plazos para reclamar el pago de subsidio del IGSS

El afiliado tiene un máximo de un año para reclamar el subsidio desde la fecha en que se emitió la suspensión.

Además, una vez acreditado el pago en el banco, el trabajador dispone de seis meses para cobrarlo.