La CC rechazó una solicitud para modificar la Ley de Extinción de Dominio

La CC rechazó una solicitud para modificar la Ley de Extinción de Dominio

La CC rechazó una solicitud para modificar la ley de extinción de dominio y así lograr que el dinero que se destinaba al programa de protección de testigos fuera llevado a otras áreas.
31/08/2023 14:19
Fuente: Canal Antigua 

Por medio de una acción de inconstitucionalidad, la Fiscal general Consuelo Porras buscaba que se modificara la ley de extinción de dominio y que se retirara del articulo 47 la frase:

“y deberán ser invertidos en los programas de protección de testigos, el cumplimiento de la presente ley y la investigación y juzgamiento de los delitos de lavado de dinero u otras activos, narcoactividad y delincuencia organizada”.

A criterio de la fiscal, esta frase afectaba a la institución, pues ya que el dinero que era designado al Ministerio Público producto de la extinción de dominio, no podían ser invertidos en otros rubros del ente investigador, limitado así funciones del Ministerio, al no disponer de los fondos privativos conforme a su autonomía funcional y financiera, manifiesta en su petición.

Por lo tanto, Porras buscaba que el dinero extinguido pudiera ser usado para otros aspectos que consideren necesarios dentro del Ministerio Público.

No obstante, la Corte de Constitucionalidad rechazó la inconstitucionalidad planteada, pues considera que al momento en el que la ley fue concebida, los diputados estimaron disponer lo relativo al destino de los recurso extinguidos delimitando el porcentaje asignado al ministerio público y asignado específicamente a los programas de protección de testigos.

A criterio de los magistrados, la disposición no restringe la autonomía funcional y financiera del Ministerio Público en el ejercicio de sus funciones, pues los fondos no disminuyen y por el contrario genera un aumento en sus fondos privativos, contribuyendo al fortalecimiento interno de sus órganos, fijándose una pauta de distribución en aras de garantizar la optimización y el efectivo cumplimiento de la ley de extinción de dominio.

Por tal razón niegan la petición y mantienen sin modificaciones la ley de extinción de dominio.

Redacción: Sergio Osegueda