¿Cuánto bajarán los combustibles con la exención de IVA e IDP? Así quedarían los precios desde este jueves
Desde este jueves 1 de octubre los guatemaltecos comenzarán a pagar menos impuestos al comprar gasolina y diésel, luego de la entrada en vigencia del Decreto 22-2026, que establece una exención temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP). La medida […]
Desde este jueves 1 de octubre los guatemaltecos comenzarán a pagar menos impuestos al comprar gasolina y diésel, luego de la entrada en vigencia del Decreto 22-2026, que establece una exención temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP).
La medida fue aprobada por el Congreso de la República, sancionada por el presidente Bernardo Arévalo y publicada este miércoles en el Diario de Centro América. El objetivo del Decreto 22-26 es mitigar el incremento que ha registrado el precio de los combustibles.
La normativa que estará vigente el próximo 31 de diciembre establece que el beneficio tributario debe trasladarse completamente al consumidor final mediante una reducción equivalente en el precio de venta.
Pero ¿Cuánto significa esto en el precio que paga una persona cuando compre combustible en una gasolinera?
Gasolina y diésel quedan exentos de IVA e IDP hasta diciembre de 2026, según publicación de decreto
ESTOS SON LOS PRECIOS QUE PODRÍAN OBSERVARSE
Para tener una referencia, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) reportó para la semana del 28 de septiembre los siguientes precios para los combustibles:
- Gasolina superior: Q45.29 por galón.
- Gasolina regular: Q43.26 por galón.
- Diésel: Q49.37 por galón.
Al eliminar temporalmente el IDP y el IVA, y suponiendo que los demás componentes que forman el precio se mantienen sin cambios, el cálculo da como resultado una reducción estimada de Q9.05 por galón para la gasolina superior, con lo que su precio de referencia pasaría de Q45.29 a Q36.24 aproximadamente.
En el caso de la gasolina regular con mezcla de etanol al 10 %, la rebaja estimada sería de Q8.33 por galón, por lo que el precio de referencia de Q43.26 se reduciría a unos Q34.93.
Para el diésel, la disminución sería de aproximadamente Q6.45 por galón, al pasar de Q49.37 a Q42.92.
Es importante aclarar que estos son precios estimados a partir de los precios de referencia del MEM y no una tarifa que necesariamente tendrán que mostrar todas las estaciones de servicio.
El precio final puede variar según la estación, la modalidad de servicio y los demás costos que intervienen en la comercialización del combustible.

¿DE DÓNDE SALEN ESOS Q9, Q8 y Q6 POR GALÓN?
La explicación está en los dos impuestos que temporalmente dejarán de cobrarse.
El primero es el IDP, que es el Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo. Este impuesto está establecido en el Decreto 38-92 del Congreso de la República.
El segundo es el IVA, que normalmente se aplica a la venta final de los combustibles.
El Decreto 22-2026 establece que ambos impuestos quedan temporalmente exentos para la gasolina superior, gasolina regular y diésel. En el caso del IVA, la exención también contempla la exención al alcohol carburante.
Por eso, el consumidor recibirá la reducción que corresponde a los impuestos que dejan de cobrarse debe trasladarse en el precio final en bomba.
¿POR QUÉ LA GASOLINA REGULAR TIENE UN CÁLCULO DIFERENTE?
En el caso de la gasolina se debe considerar que por tratarse de otra clase de combustible no se puede tratar exactamente igual que una gasolina regular sin esa mezcla. El componente sujeto al impuesto corresponde al porcentaje de combustible fósil de la mezcla.
Por ello, la estimación para la regular resulta en una reducción de aproximadamente Q8.33 por galón, frente a los Q9.05 calculados para la superior.
EL PRECIO PODRÍA VARIAR
Aunque el decreto establece que el beneficio tributario debe trasladarse íntegramente al consumidor, eso no significa que todas las estaciones tendrán exactamente el mismo precio.
El valor que paga el consumidor también está relacionado con factores como el precio internacional de los derivados del petróleo y el momento en que se compra el combustible, los costos de importación, transporte, almacenamiento y comercialización, además del margen de cada establecimiento.
Por eso, los valores de Q36.24 para la superior, Q34.93 para la regular E10 y Q42.92 para el diésel deben entenderse como una referencia de cuánto podría costar el galón si los demás componentes del precio permanecen iguales.
El decreto sí establece un mecanismo para verificar que la rebaja llegue al consumidor. Las estaciones deberán reportar a diario sus precios al Ministerio de Energía y Minas, mientras que el MEM, la DIACO y la SAT deberán supervisar el cumplimiento de la medida.
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PRECIOS REGRESARÁN A SUS VALORES EN ENERO
La exención comienza a aplicarse el 1 de octubre y termina el 31 de diciembre de 2026. A partir del 1 de enero de 2027, los combustibles volverán a estar sujetos al pago del IDP y del IVA bajo el régimen ordinario.
El decreto también establece una disposición para los inventarios: los combustibles que hayan sido adquiridos durante el período de exención y que permanezcan en existencia al finalizar diciembre deberán venderse al consumidor sin incorporar nuevamente el impuesto restablecido, hasta que esas existencias se agoten.
De esta forma, tomando como referencia los precios reportados por el MEM para la semana del 28 de septiembre, el consumidor podría encontrarse desde este jueves con precios cercanos a Q36.24 por galón de gasolina superior, Q34.93 de regular E10 y Q42.92 de diésel, siempre que los demás factores que determinan el precio permanezcan sin cambios.
