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Caso Melisa Palacios: Recursos de la defensa de María Fernanda Bonilla carecen de sustento, dice Instituto de la Víctima
El caso por el asesinato de Melisa Palacios Chacón, ocurrido en el 2021 en Río Hondo, Zacapa, continuará su curso; la próxima audiencia está programada para el 23 de septiembre.
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En una nueva audiencia se conocerá la recusación presentada por los abogados de los acusados María Fernanda Bonilla Archila y José Luis Marroquín Ovalle en el caso del crimen contra Melisa Palacios Chacón.
Este recurso lo plantearon luego de que, el 2 de septiembre del 2025, el Juzgado de Mayor Riesgo “C”, a cargo de la jueza Carol Yesenia Berganza, resolvió enviar a debate oral y público a los sindicados por el asesinato de Melisa Palacios Chacón.
Sin embargo, el 5 de septiembre, sus abogados presentaron dos nuevos recursos: una recusación contra la jueza y una apelación, lo que mantiene suspendida la audiencia de ofrecimiento de pruebas.
La audiencia para conocer la recusación es la que se programó para el 23 de septiembre, en la cual los abogados de ambas partes deberán presentar sus argumentos.
En ese contexto, Prensa Libre entrevistó al abogado Juan Carlos Aquil, del Instituto de la Víctima (IV), para explicar los alcances de la recusación y la apelación planteadas por Victoria Govern y Daniel Estuardo Rivera, defensores de Fernanda Bonilla y José Luis Marroquín, respectivamente.
Recusación “sin sustento”
Según Govern, la jueza Carol Berganza habría externado opinión y rechazado la aceptación de cargos planteada por los acusados. No obstante, tanto el Ministerio Público como el Instituto de la Víctima aseguran que este señalamiento es falso.
De acuerdo con el abogado de la víctima, el 2 de septiembre no se estaba conociendo la aceptación de cargos como tal, sino si procedía programar una audiencia específica para ello. La jueza, amparada en la ley, decidió dar prioridad a la audiencia intermedia, la cual había sido suspendida en varias ocasiones desde el 2021.
Además, recordó que los sindicados ya habían solicitado acogerse a la figura de aceptación de cargos en febrero de este año, pero luego se retractaron.
En ese sentido, la normativa (artículo 491 nónies del Código Procesal Penal) establece que, tras una retractación, los procesados pueden volver a aceptar cargos, pero pierden los beneficios de reducción de pena, y el expediente debe continuar en la vía ordinaria.
Por esa razón, explicó, la jueza no rechazó la aceptación de cargos, sino que difirió la decisión, lo cual no constituye causal válida de recusación.
Apelación improcedente
En cuanto a la apelación, la defensa argumenta que la jueza debió excusarse del proceso tras la recusación y remitir el expediente a una sala. Sin embargo, el artículo 69 de la Ley del Organismo Judicial faculta a los jueces a rechazar una recusación infundada y continuar conociendo el caso, explica Aquil.
El Instituto de la Víctima señala que la jueza actuó conforme a derecho, ya que la recusación presentada carecía de fundamento. Por tanto, la apelación presentada por la defensa no tiene materia, dado que no se vulnera ningún derecho sustancial ni se afecta el desarrollo de la audiencia intermedia.
Recursos dilatorios
De momento, la recusación será conocida el23 de septiembre, fecha en la que los abogados deberán exponer sus argumentos.
En cuanto a la apelación, el Instituto de la Víctima explicó que no implica una audiencia para escuchar a las partes, ya que será resuelta directamente por los magistrados de la Sala de Apelaciones.
Mientras tanto, la audiencia de ofrecimiento de prueba, para conocer los detalles sobre la muerte de Melisa Palacios, prevista inicialmente para el 8 de septiembre, permanece suspendida.
Si la Sala rechaza tanto la recusación como la apelación, el proceso continuará con la audiencia de ofrecimiento de pruebas y la preparación del debate oral y público.
Para la representación de la víctima, la prioridad es que el caso avance sin más retrasos: “Los acusados ya tuvieron la oportunidad de aceptar cargos y se retractaron. Ahora corresponde que enfrenten la justicia en un juicio público”, concluyó.