Postuladora vota para integrar nómina final de candidatos a Contralor General

Postuladora vota para integrar nómina final de candidatos a Contralor General

Los integrantes de la comisión de postulación realizan la votación para decidir quiénes son los seis aspirantes que integrarán el listado del que será electo el nuevo Contralor General.

La comisión de postulación para la elección de Contralor Generalde Cuentas para el período 2022-2026 inició al mediodía de este jueves, 27 de octubre, con la votación para integrar la nómina de seis candidatos de la cual se elegirá al nuevo funcionario.

Carlos Humberto Echeverría Guzmán recibió 22 votos a favor y uno en contra, con lo cual se convirtió en el primer aspirante en integrar el listado final. En tanto, Adriana Estévez Clavería fue la segunda profesional electa con 16 votos a favor y siete en contra.

Votos recibidos por otros aspirantes

Los aspirantes que en la primera ronda de votación han quedado fuera de la nómina recibieron los siguientes votos:

  • Jorge Luis Maldonado Maldonado – 13 a favor y 10 en contra.
  • Frank Helmuth Bode Fuentes – 13 a favor y 10 en contra.
  • César Armando Elías Ajca – 8 a favor y 15 en contra.
  • Marco Antonio Vélez González – 13 a favor y 10 en contra.
  • Julio Otoniel Roca Morales – 13 a favor y 10 en contra.
  • Carlos Enrique López Gutiérrez – 5 a favor y 18 en contra.

Elección de Contralor

Según lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, el jefe de la Contraloría General de cuentas será electo para un período de cuatro años por el Congreso de la República.

El profesional deberá contar con los votos a favor de la mayoría absoluta de diputados que conformen este organismo y aclara que en ningún caso el titular del ente fiscalizador podrá ser reelecto.

La carta magna agrega que para tal elección se tomará como base una nómina de seis candidatos propuestos por la postuladora.

La ley añade que quien ocupe el referido cargo tendrá que rendir informe de su gestión al Parlamento cada vez que sea requerido y de oficio dos veces al año.

Por aparte, se resalta que el contralor gozará de iguales inmunidades que los magistrados de la Corte de Apelaciones y sólo podrá ser removido por el Legislativo en los casos de negligencia, delito y falta de idoneidad.