MEM hace evaluaciones para electrificación rural en Fray Bartolomé de las Casas

MEM hace evaluaciones para electrificación rural en Fray Bartolomé de las Casas

Alta Verapaz, 1 ene (AGN).- En nueve comunidades de Fray Bartolomé de las Casas, en Alta Verapaz, se efectuaron evaluaciones socioeconómicas, en el marco  de la Política de Electrificación Rural 2020-2050. El Ministerio de Energía y Minas (MEM) informó que en la actividad participaron técnicos de Gerencia de Electrificación Rural y Obras, personal municipal y […]
01/01/2023 06:00
Fuente: AGN 

Alta Verapaz, 1 ene (AGN).- En nueve comunidades de Fray Bartolomé de las Casas, en Alta Verapaz, se efectuaron evaluaciones socioeconómicas, en el marco de la Política de Electrificación Rural 2020-2050.

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) informó que en la actividad participaron técnicos de Gerencia de Electrificación Rural y Obras, personal municipal y miembros de los consejos comunitarios de desarrollo (Cocode).

Como parte del proceso, se levantaron coordenadas geodésicas de todas las viviendas.

En total, se identificaron 657 hogares sin energía eléctrica, los cuales se beneficiarían con proyectos que estarán a cargo del Instituto Nacional de Electrificación (INDE).

De acuerdo con la cartera, cuando se culmine el plan, se favorecerá directamente a por lo menos 3 mil 494 vecinos.

El MEM agradece la ayuda de todos, ya que este esfuerzo conjunto permitirá llevar el desarrollo a las comunidades, difundió la cartera a través de las redes sociales.

Este es el detalle de los caseríos visitados:

  • El Cacao I
  • San Simón La Bota
  • Erial del Pilar
  • San Lucas Malcotal

También se llegó a los caseríos Santa Delmi, Nuevo Nacimiento y Chimuchuch, Así como a Secolay 2 y Santa María Cahaboncito.

Lo que sigue

Para continuar con el proceso, la Dirección General de Energía tendrá que emitir los informes de los estudios socioeconómicos realizados. Con esto, se avalará y facultará al INDE para invertir en los proyectos de electrificación rural.

Tal aspecto se fundamenta en el artículo 47 de la Ley General de Electricidad y el artículo 77 de su reglamento.

En el primero de estos se establece que el Estado podrá otorgar recursos para costear total o parcialmente la inversión en proyectos de electrificación rural que se desarrollen fuera de una zona territorial delimitada.

Ahí también se indica que las obras que se construyan con estos aportes tendrán que ser administradas y operadas por el adjudicatario, el que se obliga a mantenerlas en perfectas condiciones de uso.

Además, se norma que estos proyectos deben contar con un informe favorable de evaluación socioeconómica del MEM.

 

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