Empornac advierte riesgo operativo por inmovilización de fondos
La Junta Directiva de Empornac presentó un recurso de reposición contra la resolución judicial que admitió una querella penal por un litigio millonario relacionado con servicios prestados entre el 2004 y el 2008.
La junta directiva de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla (Empornac)accionó legalmente en contra de las medidas de arraigo y embargo que dictó un juzgado en favor de Luis Pedro Chang Figueroa, administrador y representante legal de la empresa Equipos de Puerto, S. A., que reclama un adeudo millonario por el incumplimiento de un contrato con la portuaria.
José de la Peña, presidente de la Junta Directiva de Empornac, confirmó a Prensa Libre la presentación de un recurso de reposición con lo que esperan contener afectaciones en la operación del puerto.
El Juzgado Tercero de Instancia Penal admitió el 22 de mayo una querella de Chang contra los integrantes de la Junta Directiva y de la Empornac. Asimismo, trasladó el reclamo al Ministerio Público (MP) para que efectúe las investigaciones correspondientes.
En atención al requerimiento de Chang, el juez ordenó el embargo de las cuentas bancarias de nueve integrantes de la Junta Directiva de Empornac, entre ellos su presidente y el gerente general, así como el arraigo de estas nueve personas. También ordenó el embargo hasta de un 25% del salario y otros ingresos que devenguen 19 directivos de la portuaria. Por último, ordenó la inmovilización del renglón presupuestario “991 Créditos de Reserva” de la portuaria, en el que se encuentran más de Q196 millones.
Operatividad del puerto, en riesgo
En la resolución dictada por el Juzgado Tercero de Instancia Penal se ordena la inmovilización de los fondos del renglón 991 de Empornac, conocidos como Créditos de Reserva, en el que se encuentran Q196 millones 934 mil 29.93 de los fondos de la portuaria.
Según indicó De la Peña, esta medida dictada por dicho juzgado penal es “un embargo disfrazado”, ya que dicha cuenta es utilizada para alimentar financieramente otras partidas presupuestarias de la portuaria, lo que podría tener graves consecuencias y poner en riesgo las operaciones y el trabajo diario que se realiza en sus instalaciones.
“Esta partida 991, en términos más coloquiales, es como un “bolsón” que alimenta a otras partidas ejecutoras, por eso es que tiene tanto dinero. Por ejemplo, se tiene que realizar una reparación, se hace una transferencia presupuestaria de esos fondos a la partida específica. Se tiene que comprar una maquinaria por Q5 millones, se hace la transferencia. Dentro de poco tenemos que hacer una compra de repuestos y hay que hacer la transferencia con esa partida”, asegura.
La inmovilización de los fondos afectará gravemente las operaciones de la Empresa Portuaria Santo Tomás de Castilla, sobre todo porque se viene de una temporada alta en el ingreso de contenedores con mercaderías y se avecina otra en el segundo semestre del año, hasta noviembre, por lo que es necesario contar con los fondos suficientes para el buen desempeño de la maquinaria y equipo utilizados diariamente, afirmó De la Peña.
“Desde el 2024 a la fecha hemos crecido el triple en la cantidad de contenedores, entonces eso significa que la maquinaria está teniendo tres veces más trabajo del que tenía antes. Por eso es urgente contar con los fondos para maquinaria, infraestructura y reparar todo para la próxima temporada alta”, asegura.
Ante la situación, la empresa portuaria continuará con las acciones legales correspondientes para revertir la resolución ya que “en ningún momento se ha cometido alguna ilegalidad”, afirmó su presidente.
“Cada uno de los miembros de la Junta Directiva que estamos siendo acusados dentro de esa querella penal no tenemos ninguna relación, ni conocimiento con este señor – Chang Figueroa – es por ello que continuaremos accionando legalmente”, aseguró.
Origen del proceso
De la Peña explicó que en el 2023 un juzgado de lo económico coactivo resolvió el caso a favor de Empornac, al absolverlos del pago de Q206 millones, suma que, según el demandante Luis Pedro Chang, se le adeudaba por servicios prestados entre el 2004 y el 2008.
No obstante, Chang apeló el fallo ante la Sala Mixta de Apelaciones de Izabal, que en ese entonces estaba presidida por el juez Nicolás Cuxil Gütz. La sala dictaminó lo contrario de lo ordenado por el juzgado y ordenó a la portuaria cumplir con el pago demandado.
Ante la situación, Empornac interpuso un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que ordenó a la sala revertir la decisión, lo cual no se cumplió. De esa cuenta, se interpuso un nuevo recurso ante la Corte de Constitucionalidad (CC), que ratificó lo ordenado por la CSJ, pero nuevamente dicha sala de apelaciones volvió a desacatar la orden.
Esta situación derivó en que la portuaria presentara tres recursos para impugnar el fallo de la Sala Mixta de Apelaciones de Izabal, los cuales aún están pendientes de resolución, aseguró de la Peña, quien considera que la decisión tomada por el Juzgado Tercero de Instancia Penal el pasado viernes 22 de mayo es ilegal.
“Empornac ganó la casación y la Corte Suprema de Justicia manda a que la sala –de apelaciones de Izabal– rectifique la resolución, lo cual es confirmado también por la CC, ante lo cual la sala dice, no me importa, entonces es totalmente ilegal. Esa resolución, al día de hoy, no está en firme porque todavía hay tres amparos que están pendientes por resolver”, concluyó el presidente de la Junta Directiva de Empornac.