Anuncian III Feria Nacional de Vivienda Social

Anuncian III Feria Nacional de Vivienda Social

Ciudad de Guatemala, 6 jun (AGN).- El Ministerio de Economía (Mineco) informó sobre la III Feria Nacional de Vivienda Social. Bajo el lema Transformando sueños, el evento pretende ayudar a las familias guatemaltecas en la mejora de condiciones y oportunidades para la adquisición de viviendas dignas. Esto por medio del Programa Nacional de Competitividad (Pronacom). […]
06/06/2023 06:00
Fuente: AGN 

Ciudad de Guatemala, 6 jun (AGN).- El Ministerio de Economía (Mineco) informó sobre la III Feria Nacional de Vivienda Social.

Bajo el lema Transformando sueños, el evento pretende ayudar a las familias guatemaltecas en la mejora de condiciones y oportunidades para la adquisición de viviendas dignas. Esto por medio del Programa Nacional de Competitividad (Pronacom).

La feria se llevará a cabo el 16, 17 y 18 de junio en el Parque de la Industria. El Mineco dio conocer que la atención será de 11:00 a 16:30 horas.

Sobre la iniciativa

Este proyecto, coordinado por el Mineco, surgió en cumplimiento del Decreto 27-2022 de la Ley de Interés Preferencial para Facilitar el Acceso de la Vivienda Social.

Con la iniciativa se pretende apoyar a los guatemaltecos con facilidades de crecimiento y estabilidad económica; asimismo, se crean opciones que contribuyen a evitar que las personas migren de forma irregular.

Acceso a vivienda social

La iniciativa de la mencionada ley fue presentada en mayo del 2022 durante una actividad en la que el Presidente de la República resaltó que este decreto busca beneficiar a cientos de guatemaltecos. También mencionó que todos deben tener acceso a una vivienda digna que cuente con los servicios básicos, y esta ley rompe paradigmas en el país.

El decreto contempla lo siguiente:

  • opción de comprar vivienda digna, segura y propia
  • facilidad en tasas de interés preferencial
  • aplica para matrimonios, parejas en unión de hecho con familiares dependientes y madres o padres solteros o viudos
  • ordena un período de gracia por 10 días sin recargo de interés o mora
  • faculta al Ejecutivo para cubrir el 40 % de interés durante los primeros 4 años y el 30 %, los siguientes 3 años.

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