Ultraje al Himno Nacional de Guatemala: ¿Qué establece este delito y qué consecuencias legales tiene?

Ultraje al Himno Nacional de Guatemala: ¿Qué establece este delito y qué consecuencias legales tiene?

¿Sabes qué es el ultraje a los símbolos nacionales? Conozca qué implica este delito y por qué se está relacionando a una ‘sátira’ del Himno Nacional.
03/03/2025 16:57
Fuente: Prensa Libre 

El Ministerio Público (MP) confirmó que recibió una denuncia por un caso de ultraje a los símbolos nacionales luego de que se hiciera viral un video de la creadora de contenido, Deanna Michelle Melillo Mancilla en el que hace sátira del Himno Nacional de Guatemala.

El video que dura 25 segundos circuló rápidamente en las redes sociales donde los usuarios expresaron sus puntos de vista en múltiples comentarios.

El efecto inmediato, pues pasadas 24 horas después de que el video se hizo viral, se conoció que ya existía la queja formal ante las autoridades para señalar la supuesta comisión de un delito.

La situación llevó a que Melillo, junto a su pareja y también creador de contenido Josy Esteban, publicara un video en sus redes sociales pidiendo perdón por la falta de respeto.

“El Himno se respeta, no le cambia la letra”, comentó uno de los usuarios inconformes por lo que ha sido considerado como una ‘sátira’.

Mientras tanto, otros han intentado suavizar el debate. “Ahora resulta que cometió el pecado capital”, opinó uno de ellos.

Pero muchos otros usuarios se mostraron incrédulos: “Pero fue en broma, ¿aún así es delito?”, cuestionó un usuario en TikTok. Este hecho ha puesto la mira el marco legal.

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@elvisrubilio

el himno de Guate se respeta. no es para circo😡 deja tu comentario

♬ sonido original – ELVIS RUBILIO

¿Es delito? ¿Qué dice el Código Penal de Guatemala?

En Guatemala, el delito de ultraje a los símbolos nacionales está tipificado en el artículo 416 del Código Penal.

Esta disposición establece que quien, públicamente, ultraje, menosprecie o vilipendie menospreciar o denigrarla bandera, emblema, escudo o himno nacionales, será sancionado con prisión de seis meses a dos años.

Este tipo penal ha sido objeto de análisis y debate en la doctrina jurídica guatemalteca.

Algunos autores argumentan que la tipificación de este delito puede constituir una limitación al derecho de libertad de expresión que puede resultar desproporcional.

Se señala que estos tipos penales que sancionan el ultraje o menosprecio a los símbolos nacionales son resabios que los ordenamientos jurídicos arrastran de épocas de autoritarismo, represión e intolerancia.

Pero, por el otro lado, diversos usuarios hicieron una comparativa con casos similares que se han dado en otros países. Bajo ese punto de vista, hay quienes aseguran que en otras naciones se consideraría como un hecho consternador e incluso como una grave ofensa.

“¡Vaya! no sabía que hacer tal cosa, que a simple vista pudiera ser normal, no lo es. Como se dice el conocimiento es poder”, expresó un usuario al conocer que la legislación guatemalteca establece sanciones penales para el ultraje a los símbolos nacionales.

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