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Caso Floridalma Roque: Instituto de la Víctima se pronuncia tras calificación de delito y traslado de juez
El Instituto de la Víctima se pronunció sobre el caso de Floridalma Roque, luego de que el juez suplente del Juzgado Quinto Penal, Arnulfo Carrera, decidiera inhibirse de seguir conociendo el caso y enviará el proceso a un juzgado de paz. En el documento, la institución cita el principio No. 5 de la Declaración sobre […]
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El Instituto de la Víctima se pronunció sobre el caso de Floridalma Roque, luego de que el juez suplente del Juzgado Quinto Penal, Arnulfo Carrera, decidiera inhibirse de seguir conociendo el caso y enviará el proceso a un juzgado de paz.
En el documento, la institución cita el principio No. 5 de la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delito y Abuso de Poder, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el cual establece la necesidad de mecanismos judiciales y administrativos para que las víctimas obtengan reparación por medio de procedimientos accesibles, justos y rápidos.
De esa cuenta, destacan que la actuación de los funcionarios judiciales involucrados en el caso de Roque, se aleja «visiblemente» de principio antes citado.
CALIFICACIÓN DE DELITO MENOR
El 1 de octubre de 2025, el Instituto fue notificado sobre la decisión del juzgado sobre inhibirse de conocer el caso y el mismo fuera remitido a un juzgado de paz por considerar que los delitos por los que ahora se juzga al cirujano plástico, Kevin Malouf y dos de sus trabajadoras, son menores y las penas no exceden de cinco años de prisión.
Según explica la institución la resolución de la jueza fue emitida pese a tener conocimiento que está pendiente de resolver una acción legal de amparo contra la resolución del juez Pedro Lynez, quien cambio el delito de homicidio doloso a homicidio culposo, esto pese a que, según la entidad existen pruebas que demuestran lo contrario.
" class="iframe-class">«Existen suficientes y contundentes elementos de prueba que el crimen se trata de un homicidio doloso, al menos en la modalidad de comisión por omisión, pues el médico tenía claramente el rol de garante de la vida de Roque», explicó la institución.
Según el Instituto, este amparo fue suspendido inicialmente por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, aunque posteriormente fue ratificado por la Corte Constitucional el pasado 29 de septiembre, ordenando así la Sala de apelaciones a continuar con el trámite de los amparos.
«BLOQUEO DE DERECHOS»
En este contexto, el Instituto de la Víctima señaló de arbitrario que se remita el expediente a un juzgado de paz, dando por sentado que el delito es homicidio culposo, favoreciendo a los acusados, y negando el debido proceso y derechos a la familia de la víctima.
Finalmente, manifiestan su preocupación sobre como los organismos jurisdiccionales ha conocido el proceso, al bloquear los derechos de los familiares de Floridalma Roque de obtener una sentencia justa.