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Tribunal traslada al MP el caso del STEG por negarse a retomar clases
Tribunal traslada al MP el caso contra el STEG por desobedecer orden de retomar clases.
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La Procuraduría General de la Nación (PGN) fue oficialmente notificada este viernes 27 de junio por el Juzgado Quinto Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social, constituido como Tribunal Constitucional de Amparo, sobre una nueva resolución relacionada con el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Educación de Guatemala (STEG), la cual podría derivar en consecuencias legales para sus dirigentes.
El fallo judicial ordena certificar lo conducente contra el Comité Ejecutivo Nacional del STEG y sus representantes seccionales y subseccionales, debido al incumplimiento de una sentencia anterior que les exigía cancelar la convocatoria a una asamblea general permanente y notificar formalmente a las escuelas que las clases debían retomarse con normalidad.

El juzgado ha trasladado el expediente al MP, que será el encargado de evaluar las acciones legales correspondientes por presunta desobediencia a una orden judicial.
Como parte de las diligencias, el tribunal también solicitó al Ministerio de Educación (Mineduc) un listado con los nombres completos de los integrantes del Comité Ejecutivo del STEG y de sus representantes regionales.
Esto permitirá la imposición de multas individuales, las cuales podrían oscilar entre Q100 y Q4,000, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

STEG bajo la lupa del MP por ignorar orden judicial sobre clases
La disputa legal tiene como origen una resolución emitida el pasado 24 de junio, en la que se declaró que la convocatoria a la mencionada asamblea vulneraba el derecho a la educación, al interrumpir el acceso a clases dentro del sistema público.
El juzgado ordenó entonces la anulación inmediata de la medida sindical.
En ese mismo fallo se instruyó a los dirigentes del sindicato a notificar por escrito a todas las direcciones de escuelas públicas la cancelación de la convocatoria.
Dichas notificaciones debían entregarse en un plazo de 48 horas, con copia al expediente judicial.

Se advirtió que el incumplimiento de esta orden conllevaría sanciones económicas y posibles responsabilidades legales.
Aunque el tribunal reconoció el derecho del STEG a convocar asambleas, lo limitó a un máximo de dos veces por año, siempre que no interfieran con el funcionamiento del servicio educativo.
La medida busca resguardar el equilibrio entre los derechos sindicales y los derechos fundamentales de los estudiantes.
Fallo previo en contra del Sindicato
El 23 de junio, un día antes del fallo más reciente, la PGN ya había obtenido un amparo favorable ante el Juzgado Primero Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social.
Este ordenaba al STEG restituir de inmediato las clases, suspendidas por la misma convocatoria a asamblea.

Dicha resolución exigía además un informe detallado al Comité Ejecutivo del sindicato, donde explicara las razones que llevaron a la interrupción de actividades académicas.
El fallo incluyó un apercibimiento legal que advertía sobre las consecuencias del desacato.

Actualmente, el caso se encuentra bajo análisis del Ministerio Público, quien determinará si las acciones del STEG constituyen delito.
Mientras tanto, las autoridades trabajan para garantizar la reanudación total del servicio educativo y velar por el cumplimiento de los derechos de la comunidad estudiantil guatemalteca.
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