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Maltrato animal será delito penal en Guatemala: Congreso aprueba reformas clave
Las reformas fortalecen la protección animal en Guatemala, crean un nuevo delito penal y obligan a instituciones públicas a promover educación y jornadas de esterilización.
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Las recientes reformas al Decreto 5-2017, Ley de Protección y Bienestar Animal, avanzan en el Congreso de Guatemala con el objetivo de actualizar y reforzar las medidas de protección hacia los animales en el país.
La propuesta responde a la creciente preocupación social, de diferentes sectores, por el maltrato animal y busca promover una convivencia responsable que también contribuya a la salud pública y al bienestar comunitario.
La iniciativa fortalecerá la labor de la Unidad de Bienestar Animal (UBA) y establecerá una coordinación más estrecha con municipalidades, entidades públicas, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) y el Ministerio de Educación (Mineduc).
Nuevo delito de maltrato o crueldad animal
Uno de los cambios más trascendentales de las reformas es la creación del delito de maltrato o crueldad animal, que ahora queda incorporado en el Código Penal mediante el artículo 347 F. Esta inclusión marca un avance significativo en la protección legal de los animales en Guatemala, al reconocer estas acciones como faltas de carácter penal y no solo administrativo.
Según comenta las autoridades a Prensa Libre, esta modificación era necesaria debido al crecimiento sostenido de denuncias y al aumento de casos graves de maltrato registrados en los últimos años. Con la tipificación penal, Guatemala se alinea con prácticas internacionales que consideran el bienestar animal como un componente clave del desarrollo social y de la convivencia responsable.
El nuevo delito establece penas de uno a tres años de prisión y una multa equivalente a 15 salarios mínimos para actividades no agrícolas. Además, la normativa permite incrementar las penas cuando el daño causado al animal sea particularmente grave, como en casos de tortura prolongada, uso de métodos especialmente crueles o reincidencia del agresor.
Antes de esta reforma, conductas como envenenar, intoxicar, mutilar o sepultar vivo a un animal se consideraban únicamente infracciones gravísimas. La Unidad de Bienestar Animal podía imponer sanciones, pero los procedimientos eran más lentos y no contemplaban consecuencias penales. Con la tipificación del delito, estos actos ahora se tratarán como crímenes, lo que habilita la intervención inmediata de los juzgados penales y la PNC.
Albergues temporales y nuevas responsabilidades institucionales
Entre las medidas destacadas se incluye la creación de albergues temporales para brindar atención médica y refugio a animales en situación de abandono. Como acción inmediata, uno de los congresistas ponentes anunció la habilitación de un albergue temporal en Totonicapán, administrado por las cuatro alcaldías del departamento.
Las reformas también impulsan la creación de programas de bienestar animal en el MAGA y fortalecen la estructura de la Comisión Nacional para la Protección de los Animales, ampliando la capacidad del Estado para velar por todas las formas de vida en el territorio nacional.
Asimismo, se implementará un sistema de identificación animal por especie, género, edad y condición reproductiva, con el fin de frenar la proliferación descontrolada de perros callejeros.
Jornadas de esterilización
La UBA y el MSPAS serán responsables de promover jornadas de esterilización y castración para perros y gatos, especialmente aquellos en situación de calle o abandono. Con ello, la ley busca establecer un control poblacional efectivo de animales domésticos.
Las reformas modifican el artículo 5, obligando a la UBA a realizar jornadas periódicas de esterilización para animales ferales, a fin de reducir su reproducción.
Para María López, médico veterinario y que se dedica a la labor de rescate y ayuda a los animales explica que “esta actualización es un avance enorme, especialmente por el impulso a las jornadas de esterilización. Cada procedimiento realizado evitará sufrimiento, reducirá el abandono y, en última instancia, salvará vidas.”
Educación y cultura de respeto hacia los animales
El Ministerio de Educación deberá incluir en el pensum de primaria contenidos sobre cuidado animal y responsabilidades de convivencia. La UBA será la entidad encargada de verificar su cumplimiento y, de no hacerlo, podrán aplicarse sanciones administrativas, civiles o penales.
La institución también deberá ejecutar campañas mensuales de información sobre los procedimientos de denuncia, centros de atención y mecanismos para reportar hechos de maltrato.
Proceso de denuncia más ágil y tiempos de respuesta reducidos
Las reformas establecen que las denuncias podrán presentarse de forma verbal, escrita o electrónica a través del sitio web de la institución. Además, se simplifica la información requerida para reportar un caso: ya no se exigirá una formalidad estricta ni requisitos adicionales.
Únicamente se solicitará el lugar del hecho, una descripción del caso, datos para identificar al presunto infractor y, de ser posible, alguna prueba que respalde la denuncia. Estas podrán ingresarse tanto en la PNC como en la UBA.
Una vez recibida la denuncia, la UBA deberá realizar una visita de verificación en un plazo máximo de 5 días y emitir una resolución en un período de 8 días calendario.
En casos de maltrato comprobado, la PNC podrá rescatar y retener al animal, que será puesto bajo custodia temporal de la UBA o de asociaciones registradas.
Por qué las reformas eran necesarias
Las autoridades consideran que esta tendencia evidencia la urgencia de una reforma integral que fortalezca el marco legal y permita una respuesta más efectiva ante la problemática.
Según datos de la UBA, las denuncias por maltrato animal han mostrado un incremento constante en los últimos años:
- 2023: 323 casos
- 2024: 358 casos
- 2025: 452 casos, en lo que va del año.
A nivel poblacional, el aumento de reportes también reflejaba la necesidad de actualizar la ley para atender la creciente incidencia de maltrato animal en todo el país.
De acuerdo con los registros de la UBA, los casos más denunciados corresponden principalmente a:
- Falta de condiciones mínimas de bienestar, como no proporcionar alimento o resguardo.
- Crueldad física, que incluye entre otros golpes, disparos o heridas con machete.
- Desplazamiento en vía pública sin supervisión.
- Restricción de movimiento, como mantener a los animales encadenados o amarrados.
Estas tendencias, según la institución, reafirmaban la urgencia de modernizar la legislación para garantizar una protección más efectiva para los animales domésticos.
Respecto al impacto social de estas reformas, la UBA indicó que el análisis oficial será presentado cuando las instancias correspondientes concluyan su evaluación. Sin embargo, la institución reconoce que la actualización de la normativa era indispensable para responder adecuadamente a la realidad actual.
Etapa final del proceso
Las reformas se aprobaron esta semana en tercer debate, luego de más de un año de discusión y dos de buscar ingresar la propuesta. Aún falta su aprobación por artículos y redacción final para convertirse en decreto.
Después serán enviadas al Ejecutivo para su sanción y promulgación. Una vez publicadas en el Diario Oficial, entrarán en vigor ocho días después.