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Fuerte sanción económica al STEG: Tribunal impone fuerte multa a cada integrante
Multa de Q4 mil a todos los miembros del STEG: El tribunal otorga un periodo de cinco días para realizar el pago.
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STEG, el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Educación de Guatemala, fue sancionado por el Juzgado Quinto Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social del Departamento de Guatemala con una multa de Q4,000 para cada miembro de su Comité Ejecutivo Nacional, así como para sus líderes seccionales y subseccionales.
La Procuraduría General de la Nación (PGN) recibió este jueves 17 de julio la notificación oficial de la resolución judicial, que establece que los señalados deberán pagar la multa dentro de un plazo de cinco días hábiles, una vez la resolución quede firme. Además, los dirigentes deberán presentar ante el juzgado una copia del recibo de pago, como constancia del cumplimiento. El monto recaudado se destinará a favor de la Corte de Constitucionalidad (CC), conforme lo ordenado por la autoridad competente.
Sanción por desacato
La resolución surge como consecuencia del incumplimiento de una orden previa, mediante la cual se exigía al sindicato cesar cualquier medida que obstaculizara el acceso a la educación pública. La Corte de Constitucionalidad ya había concedido un amparo provisional con el objetivo de garantizar la continuidad del servicio educativo sin interrupciones provocadas por protestas u otras acciones impulsadas por el sindicato.
El pasado 14 de julio, la CC reiteró que el derecho a manifestarse no puede ejercerse en detrimento del derecho de los estudiantes a recibir educación. La alta corte enfatizó que las manifestaciones del STEG habían tenido efectos negativos directos sobre la niñez y adolescencia, al generar suspensiones de clases y alterar el funcionamiento habitual de los centros educativos públicos.
Defensa del derecho a la educación
Tras ser notificada, la PGN reafirmó su compromiso con la defensa de los derechos fundamentales de la niñez y juventud del país. La institución, en un pronunciamiento público, sostuvo que el derecho a la educación es irrenunciable y no debe ser objeto de negociación bajo ninguna circunstancia.
La medida judicial representa un precedente relevante en la protección del derecho a la educación frente a medidas de presión sindical que interrumpen el sistema educativo. La resolución resalta la importancia de garantizar que las demandas laborales no comprometan los derechos esenciales de los estudiantes guatemaltecos.