Aceptación de cargos se pervirtió en el camino

Aceptación de cargos se pervirtió en el camino

¿Qué tan bien redactada puede estar una norma que permite tanta discrecionalidad y que incluso le da más “derecho” al reo que a la víctima o a sus deudos?
13/03/2025 00:06
Fuente: Prensa Libre 

La reciente polémica pública por una improcedente aplicación de la Ley de Aceptación de Cargos, avalada por el juez Pedro Laynez en el caso por la muerte de la paciente Floridalma Roque en la clínica del médico Kevin Malouf, vuelve a atraer la atención sobre el uso distorsionado de tal procedimiento.


Esa reforma al Código Penal fue propuesta en el 2018 por la hoy extinta Comisión Internacional contra la Impunidad, que cerró sus actividades en el 2019. La iniciativa de ley fue presentada por la Corte Suprema de Justicia, con varias enmiendas que dicha comisión estimó inconvenientes. La modificación fue aprobada por el Congreso en el 2019, con cambios que desviaron su función desde el inicio y que ya dejaban entrever subterfugios para propiciar impunidad, en lugar de combatirla.


El objetivo de la aceptación de cargos era permitir una vía para allanar procesos y descongestionar instancias judiciales, así como posibilitar la investigación ulterior a partir de la información verificable y documentada ofrecida por los confesos.


Sin duda alguna, el principal manoseo original fue suprimir la obligatoriedad de que la persona acusada funja como testigo en juicio contra otros cómplices o involucrados del delito admitido. No obstante, es curiosa la forma cómo recientemente se ha procurado oficiosamente que la admisión de culpa de algunos señalados y detenidos en procesos políticos los convierta, bajo presión de cárcel o alambicados procesos, en tácitos acusadores de otros supuestos involucrados.


Por otra parte, la perversión de la norma también abarca la desproporcionada laxitud de las penas impuestas. Un ejemplo de esta sospechosa discrecionalidad prefabricada fueron las irrisorias sentencias de prisión conmutable en contra del exministro de Comunicaciones José Benito en dos casos: el hallazgo de una caleta de Q122 millones enmaletados y el fraude en la adjudicación del deficiente libramiento de Chimaltenango, megaobra símbolo de mediocridad. Vaya fiasco de justicia que solo sienta un pésimo precedente para próximos estafadores del erario; claro, siempre y cuando caigan en la judicatura más aquiescente para tales amaños.


En las condiciones actuales, la aceptación de cargos apunta más a una burla hacia las víctimas y damnificados por acciones delictivas que a una resolución justa y compensatoria. Ello quedó plenamente representado con la sentencia impuesta por el juez Laynez a Kevin Malouf, mediante la cual recuperaría su libertad tras el pago de unos Q6 mil, pese a los agravantes de la muerte de su paciente.


Solo el unánime e indignado clamor de la población y de distintos sectores logró que se frenara este absurdo. La Corte de Constitucionalidad, que se mueve convenencieramente en una escala de grises más oscura que clara, no podía exponerse al implacable juicio ciudadano y optó por corregirle la plana al juez y anular el cambio de delito que abrió las puertas a la aceptación sin contrición. Cabe recordar que el homicidio culposo sí figura entre los delitos susceptibles de admisión de cargos, pero no el homicidio doloso ni tampoco el femicidio.


El debate está abierto. Algunos diputados que aprobaron la reforma consideran que la ley es correcta y que solo se aplicó mal; sin embargo, ¿qué tan bien redactada puede estar una norma que permite tanta discrecionalidad y que incluso le da más “derecho” al reo que a la víctima o a sus deudos? Sin duda alguna, hay que reformarla, pero con un Congreso que piensa más en cobrar que en trabajar y con tantos infiltrados de dudoso financiamiento cabe preguntar si serán capaces de evitar que siga siendo resbaladero de impunidades o un alambique para destilar precedentes con sustos.

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