Nueva ley ordena establecer directorio para priorizar obras viales
Entre las diferentes enmiendas que se aprobaron junto con la Ley de Infraestructura Vial Prioritaria, decreto 29-2024, se reorganiza el directorio que se hará cargo de los proyectos bajo esta legislación.
Infraestructura
|Suscriptores
Nueva ley ordena establecer directorio para priorizar obras viales
Entre las diferentes enmiendas que se aprobaron junto con la Ley de Infraestructura Vial Prioritaria, decreto 29-2024, se reorganiza el directorio que se hará cargo de los proyectos bajo esta legislación.
La Ley de Infraestructura Vial , decreto 29-2024, fue aprobada por el Congreso de la República con alrededor de 21 enmiendas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)
Seis años después de haberse presentado una iniciativa que tiene como objetivo mejorar las carreteras del país y transformar el modelo de infraestructura en Guatemala, fue aprobada el martes recién pasado en el pleno del Congreso la Ley de Infraestructura Vial Prioritaria, decreto 29-2024.
La normativa, además, tiene como propósito el desarrollo social y económico del país por medio de regular la movilidad de contrataciones de proyectos prioritarios.
Durante la maratónica sesión se aprobaron también unas 21 enmiendas a la norma. Según Jorge Benavides, director de Investigación de Fundesa, y Lisardo Bolaños, director técnico de la iniciativa Guatemala No Se Detiene, las modificaciones aclaran aspectos importantes como la formación del directorio, que se hará cargo de los proyectos categorizados como “prioritarios” y sus funciones, además de aspectos como el proceso de transición entre instituciones y la creación de reglamentos.
Benavides señaló que la aprobación se logró subsanar a través de las enmiendas aprobadas por los diputados. Según el director de investigación de Fundesa, a partir de estos cambios se logró aclarar puntos en los que no había tanta certeza..
Por su parte, Bolaños considera que las enmiendas son “positivas para la ley”.
Para Benavides, esta normativa le otorga una herramienta al Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda (CIV) para centrar su atención en los corredores económicos principales del país, que son las rutas largas que mueven a la mayoría de las personas y la mayor parte de la carga.
Dirección y fondos
La Ley de Infraestructura Vial Prioritaria se crea para regular otro modelo de contratación para proyectos viales, a fin de mejorar fases como diagnóstico, preinversión, priorización, diseño e incluso construirse, ampliarse o rehabilitarse.
Para ello se declaran de utilidad e interés público el diseño, construcción, mantenimiento, rehabilitación, ampliación y supervisión de la infraestructura.
Se crea la Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (DIPP), como un órgano desconcentrado del Ministerio de Comunicaciones (CIV). Su competencia serán los proyectos viales prioritarios que se establezcan en esta ley y los que se puedan agregar.
Jorge Ayala, presidente de la Comisión de Economía y Comercio Exterior del Congreso, explicó que, al tratarse de un ente desconcentrado, gozará de independencia funcional, económica, financiera, técnica y administrativa, y que además contará con recursos propios.
Entre otras responsabilidades, debe estructurar las propuestas de proyectos viales, convocar y ejecutar los procesos de precalificación, licitación y contratación, además de supervisar y evaluar su desarrollo.
Se crea el Fondo para Proyectos Viales Prioritarios (Fovip), adscrito y gestionado por la DIPP, para administrar los bienes, derechos y obligaciones.
Ayala indicó que la propuesta inicial le redirigía fondos de otras unidades ejecutoras de infraestructura vial al Fovip, y posteriormente se dictaminó dotarlo desde el inicio de Q6 mil millones, al destinársele los recursos del impuesto sobre distribución de derivados del petróleo (IDP) y del impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV) que se van al fondo común, pero con las enmiendas se estableció dotarlo de Q10 millones de presupuesto en los primeros 60 días de vigencia de la Ley, y Q20 millones para el 2026. Añadió que se empezará a capitalizar con los recursos del IDP y del ISCV en los 18 meses posteriores a la entrada en vigencia de la normativa, cuando la DIPP ya esté constituida, monto que, se calcula, llegará a Q4 mil millones anuales.
¿Alta prioridad?
Bolaños indicó que, entre las enmiendas, se amplían de manera significativa los anillos metropolitanos, los cuales, según afirmó, se consideran esenciales para la reducción de la congestión vehicular.
Con el Anillo Regional se busca que los vehículos rodeen el área metropolitana, en lugar de atravesarla, a fin de descongestionar las rutas principales desde y hacia la ciudad de Guatemala.
Dar prioridad a este proyecto tiene como objetivo facilitar el comercio y el tránsito, tanto de personas como de mercancías, con lo que se beneficiará tanto a los sectores productivos como a la población en general. Las mejoras incluyen conservación, supervisión y aprovechamiento eficiente de las vías que forman parte de este ambicioso proyecto.
Asimismo, Benavides puntualizó que en el artículo 4 de la recién aprobada ley se plantean los proyectos que serán considerados prioritarios y el momento en que se puedan agregar obras de esta índole, lo cual se incluyó en el dictamen original. Añadió que la Ley establece una lista de proyectos a los cuales se podrán agregar nuevos cuando se terminen de cubrir.
Funciones
Luego de que cobre vigor el decreto 29-2024, la DIPP decidirá sobre las obras prioritarias incluidas en la Ley, enfocada en las carreteras centroamericanas y varios anillos. También se deja la opción de agregar otras obras previo proceso de análisis.
Las carreteras e infraestructura iniciales a su cargo serán alrededor de mil 700 kilómetros, el 10 % de los 17 mil km de red vial que tiene el país, más los anillos o libramientos como el anillo regional metropolitano, el regional llamado C-50, que atravesaría El Progreso, Escuintla, Guatemala, Jalapa y Santa Rosa, entre otros establecidos en el artículo 87 y su respectiva enmienda, explicó Ayala.
Las funciones y responsabilidades para el resto de vías que forman el 90 % de la red vial sigue a cargo de las entidades que ya existen, como el Ministerio de Comunicaciones (CIV), Covial y Caminos, que son las rutas departamentales, primarias y secundarias, entre otras.
Tres Reglamentos
Bolaños aclaró que el reto principal por ahora es enfocar los esfuerzos en la creación de tres reglamentos para la correcta implementación de la normativa, además de la instalación del directorio y el nombramiento del gerente de esta dirección.
“Estos son elementos importantes que deberían suceder en los próximos meses, y que la ley establece fechas límites para que ocurra”, expuso Bolaños, quien enfatizó la importancia de generar un vehículo con participación pública y privada, incluso de organismos internacionales, para la creación de estos reglamentos.
Bolaños aseguró a partir de unir estos tres sectores se evitaría la creación de un reglamento débil y se lograría resolver preocupaciones como los conflictos de intereses.
Nueva oportunidad
Félix Alvarado, ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, comentó que la aprobación de la Ley es positiva y refleja algunas de las modificaciones más importantes, las cuales, como ministerio, consideran que pueden servir.
“Seamos claros. Mucho de eso no tendrá que ver con nuestra gestión —de gobierno—, y esto entra en vigor hasta dentro de 36 meses —tres años—, pero ese no es el punto. El punto es que habrá un Ministerio de Comunicaciones empoderado, con recursos financieros específicos, institucionales y contractuales que le dejan responder de mejor forma a las necesidades de las vías prioritarias”, apuntó Alvarado luego de asistir a una citación en el Congreso.
“Urge implementación”
La Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana (AmCham Guatemala) afirmó en un comunicado que la Ley de Infraestructura Prioritaria representa una oportunidad para el fortalecimiento de la competitividad, la atracción a la inversión y el crecimiento económico para el país.
Además, hizo un llamado a las autoridades competentes para que prioricen su implementación, dado el estado crítico en que se encuentra la infraestructura vial del país.
Esta normativa admite la construcción de 10 mil kilómetros de carreteras y la rehabilitación de rutas estratégicas de “frontera a frontera” y “puerto a puerto”, con enfoque en corredores que agilicen la movilidad en las principales rutas centroamericanas, resaltó AmCham.
Por su lado, la Cámara de Industria de Guatemala (CIG) afirmó que este logro representa un avance histórico y significativo que tendrá un impacto positivo en la conectividad, lo que beneficiará a múltiples sectores productivos y a todos los guatemaltecos.
Además, según la CIG, es un paso importante porque cambia el modelo de contratación de carreteras en Guatemala, lo que fomenta la atracción de inversión extranjera directa y la transparencia en el desarrollo y mantenimiento de obra pública.
Otros puntos importantes
- Elección, gerente del DIPP
El directorio debe proponerle una terna de candidatos a gerente de la Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (DIPP) al ministro de Comunicaciones, quien será el encargado de nombrarlo. El gerente tendrá derecho a voz, pero no a voto dentro del directorio.
- Derecho de vía, mecanismos
Los inmuebles para los derechos de vía se pueden adquirir por negociación directa, por obtención de derecho especial de vía a favor del Estado o por el procedimiento de expropiación como última instancia, y este caso la justificación que debe presentar el gerente al directorio es que se agotaron los dos primeros.
- Desjudicializar el procedimiento
Ayala, dijo que se aprobó un procedimiento para que se puedan desjudicializar tramos. Hay muchos judicializados, donde no se puede trabajar, y lo que se busca es un proceso civil o penal para que puedan ser readjudicados y concluidos.
- Cronograma
La Ley de Infraestructura Vial Prioritaria aún debe pasar la revisión de estilo. Luego el Congreso la traslada al Organismo Ejecutivo, para que el presidente la sancione o vete. Según el decreto, entraría en vigencia 30 días después de publicada en el Diario de Centroamérica, excepto los artículos 89, 90, 91 y 92.
Con información de Henry Montenegro