Comparten medidas para el ingreso de mascotas en áreas recreativas

Comparten medidas para el ingreso de mascotas en áreas recreativas

Ciudad de Guatemala, 24 feb (AGN).- El Ministerio de Cultura y Deportes (MCD) a través del Acuerdo Ministerial 188-2023 compartió el reglamento para usuarios con mascotas en las instalaciones deportivas y recreativas a cargo de la cartera.  El Ministerio informó que la ejecución de esta medida está a cargo de la Dirección General del Deporte […]
24/02/2023 09:31
Fuente: AGN 

Ciudad de Guatemala, 24 feb (AGN).- El Ministerio de Cultura y Deportes (MCD) a través del Acuerdo Ministerial 188-2023 compartió el reglamento para usuarios con mascotas en las instalaciones deportivas y recreativas a cargo de la cartera.

El Ministerio informó que la ejecución de esta medida está a cargo de la Dirección General del Deporte y Recreación.

De esa cuenta, informaron que el visto bueno para el ingreso de las mascotas estará a cargo del personal de administración de las instalaciones.

Con ello, los usuarios podrán ingresar a un área específica que cuente con las condiciones adecuadas para que las personas puedan practicar algún deporte o jugar con sus mascotas.

Sin embargo, para esto es necesario que el área recreativa cuente con los siguientes elementos:

  • espacio al aire libre debidamente circulado
  • basurero específico para desechos de las mascotas
  • contar con un rótulo visible con las normas de convivencia, resaltando la obligatoriedad de su cumplimiento
  • tener a personal designado para registrar el ingreso de los usuarios y velar por el cumplimiento de las normas

Todo esto busca que los visitantes puedan disfrutar de un momento seguro y ameno con sus mascotas.

Del mismo modo, reitera el compromiso del ministerio de tener estos espacios en condiciones aptas para su uso.

Condiciones de ingreso

Para que los usuarios con mascotas puedan ingresar a las instalaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • las mascotas cuyas características lo permita, deberán llevar correa o cadena, o bien otro mecanismo de control eficaz sobre el animal
  • cada persona es responsable de cuidar a su mascota y debe permanecer con ella en todo momento
  • los daños o perjuicios que la mascota ocasione en las instalaciones a otros usuarios u otras mascotas será responsabilidad del dueño
  • si la mascota presenta conductas agresivas deberá ser retirada inmediatamente de las instalaciones
  • los dueños deberán hacer uso de bolsas para recoger los desechos de sus mascotas y depositarlos en los contenedores específicos para ese fin
  • se encuentra prohibido el ingreso a animales potencialmente peligrosos, esto incluye a aquellos que pertenecen a la fauna salvaje

Además, para los perros considerados como peligrosos y altamente peligrosos es de uso obligatorio el bozal adecuado para su raza o especie, para evitar poner en riesgo a los demás.

Sobre todo, es importante que las personas mantengan una convivencia pacífica y respetuosa con los demás visitantes, sus mascotas y el personal de las instalaciones.

Cumplimiento de las normas

Por otro lado, el MCD destacó que para los visitantes con mascotas está prohibido que permanezcan en las instalaciones si el animal presenta conductas agresivas.

Además, resaltaron que si la persona se encuentra realizando cualquier actividad calificada como maltrato animal será sancionada con las medidas respectivas.

De esa cuenta, las autoridades consideran como falta el incumplimiento a cualquiera de las condiciones de ingreso o prohibiciones establecidas en este acuerdo, quedando sujetos a sanciones como:

  • retiro inmediato del área recreativa
  • se prohibirá el acceso de la mascota a las instalaciones por un plazo de tres meses contados a partir de la falta si el dueño no recoge sus desechos y los deposita en los basureros específicos
  • la reincidencia de estas faltas será causa para prohibir el ingreso de la mascota de forma permanente

El cumplimiento de estas medidas se encuentra a cargo de los administradores de las instalaciones y de la Dirección General del Deporte y la Recreación.

 

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vh/