Inmigrante, conozca cómo inmovilizar propiedades en Guatemala ante el Registro de la Propiedad
Las personas que migran en busca de otros países, deben tomar en cuenta si poseen propiedades, el efectuar la inmovilización de sus bienes en Guatemala, ya que es un mecanismo legal para proteger los bienes inmuebles contra estafas, impidiendo sean realizadas ventas o gravámenes sin consentimiento del dueño, lo que motiva el robo de las […]
Las personas que migran en busca de otros países, deben tomar en cuenta si poseen propiedades, el efectuar la inmovilización de sus bienes en Guatemala, ya que es un mecanismo legal para proteger los bienes inmuebles contra estafas, impidiendo sean realizadas ventas o gravámenes sin consentimiento del dueño, lo que motiva el robo de las mismas, es por ello importante el conocer la forma de inmovilizar las propiedades y evitar pérdidas económicas, también pueden considerar realizarlo cualquier persona que tenga un bien inmueble por su seguridad, lo cual es recomendable.
La inmovilización de la propiedad, se tramita en el Registro de la Propiedad Inmueble (RGP) o Segundo Registro, con el apoyo de un notario activo, por un máximo de 3 años, renovables. Se requiere que presente el Documento Personal de Identificación DPI, datos de la finca y una huella dactilar para el proceso por parte del propietario.
Pasos y requisitos para inmovilizar su propiedad:
- La inmovilización de su propiedad es para darle un blindaje voluntario que impide la enajenación (venta) o gravamen (hipoteca) de su propiedad sin su huella dactilar, basada en la Ley de Inmovilización Voluntaria, establecida en el Decreto 62-97 que si usted desea conocer puede consultar en el siguiente link: siguiente link:https://consulta.rgp.org.gt/docs/inmovilizacion.pdf para conocer la Ley de Inmovilización Voluntaria, Decreto 62-97 .
- Requisitos:
- Ser el dueño registrado de la propiedad.
- Documento Personal de Identificación DPI original y copia.
- Datos de la propiedad (finca, folio y libro).
- Solicitud con firma y huella dactilar legalizada por notario.
- Procedimiento:
- Presencial: Dirigirse a la sede central del Registro General de la Propiedad RGP, Sedes Regionales, Banrural autorizado o Agencia Montúfar.
- En Línea: A través de la plataforma virtual del Registro General de la Propiedad RGP.
- Costo: Actualmente es de Q160.00 por cada inmueble a inmovilizar por parte de la persona.
- Duración: El plazo máximo es de hasta 3 años, renovables por el mismo tiempo.
Beneficios y Consideraciones: Protección Total: Evita contratos falsos de compraventa, ya que la inmovilización bloquea la propiedad en el sistema registral lo que le brinda protección total.
- Revocable: Se puede levantar la inmovilización antes de tiempo si desea vender su propiedad por lo que puede revocar la inmovilización.
- Renovación: Antes de que venza el plazo de 3 años de la inmovilización de la propiedad, se puede solicitar la prórroga.
El beneficio clave de la inmovilización de propiedades en blindar su propiedad contra ventas, hipotecas, traspasos, embargos no autorizados, ya que en Guatemala, es muy frecuente que las personas mientras se encuentran fuera del país, sean víctimas de estafas y pérdida de bienes, considere inmovilizar sus propiedades, para los que tienen y evite la pérdida de los mismos o largos y caros procesos de recuperación.