Arévalo propone reformas para construcciones estatales en territorios comunitarios sin que sean otorgados al Estado

Arévalo propone reformas para construcciones estatales en territorios comunitarios sin que sean otorgados al Estado

El presidente Bernardo Arévalo anunció que presentarían una iniciativa de ley ante el Congreso de la República que permitiera construcciones estatales en territorios comunitarios sin que estos sean entregados al Estado. La iniciativa de ley sería una reforma en el Artículo 30 bis de la Ley Orgánica del Presupuesto, misma que establece que las edificaciones […]

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07/08/2025 13:54
Fuente: La Hora 

El presidente Bernardo Arévalo anunció que presentarían una iniciativa de ley ante el Congreso de la República que permitiera construcciones estatales en territorios comunitarios sin que estos sean entregados al Estado.

La iniciativa de ley sería una reforma en el Artículo 30 bis de la Ley Orgánica del Presupuesto, misma que establece que las edificaciones del Estado deben ser ejecutadas en inmuebles cuya propiedad o posesión sea estatal.

Arévalo, junto con las autoridades de los pueblos indígenas y originarios, reiteró que la decisión respondía a la posibilidad de construcción de obras de infraestructura para el desarrollo comunitario, «como escuelas, hospitales, centros de salud, centros de atención parmente, salones comunales, etc., en tierras de propiedad indígena inscritas en el registro de la propiedad a nombre de las comunidades».

En la conferencia de prensa, el Ejecutivo invitó a las autoridades indígenas, quienes también han sido partícipes de mesas de diálogo, tales como Dina Juc, Bernabé García, Bibiana Ramírez, Amilvar Urías, Simión Palax, y Diego Sambrano.

Por su parte, la iniciativa que sería presentada este jueves 7 de agosto, posterior a las declaraciones, fue firmada por el secretario General, Juan Guerrero, titular de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, Carlos Mendoza; y el ministro de Finanzas Públicas, Jonathan Menkos.

La nueva iniciativa de ley se suma a otras presentadas por el Gobierno a un Organismo Legislativo que no se ha visto dispuesto a la aprobación de los documentos del Ejecutivo, como la reciente cuestionada Ley de Antilavado de Dinero; paquete de leyes anticorrupción, o incluso, las reformas a la Ley Orgánica del Ministerio Público, ente investigador que notoriamente han perseguido al oficialismo.

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¿QUÉ DICE EL ARTÍCULO 30 BIS?

«Bajo ningún caso se podrán realizar construcciones en inmuebles que se encuentren inscritos en los Registros de la Propiedad a nombre de personas individuales o jurídicas de carácter privado», indica dicho reglamento que busca el Ejecutivo sea reformado.

Dicho Artículo establece que en el caso de los bienes comunales, que históricamente han sido propiedad de las poblaciones indígenas, deberán ser cedidos a la posesión de la municipalidad, institución por medio del acta de la Asamblea Comunitaria y acta notarial.

El tema a discusión también plantea dos artículos de la Constitución de la República de Guatemala en el 67 y 68, donde se detalla que el Estado proveerá y protegerá las tierras estatales para las comunidades indígenas que las necesiten para su desarrollo, contradictorio para la construcción de bienes de beneficio comunitario, como lo anteriormente planteado.