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Pleno de magistrados del TSE restituye personería jurídica de Semilla
Magistrados del TSE dejan en suspenso resolución del Registro de Ciudadanos contra la agrupación política, hasta que finalice el proceso electoral.
El pleno de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) deja en suspenso la cancelación provisional de la personería jurídica del partido Movimiento Semilla.
Los togados se reunieron la noche del sábado para conocer el recurso de nulidad que Bernardo Arévalo, como secretario general de la agrupación política, presentó el pasado 29 de agosto contra la resolución 300-207 del Registro de Ciudadanos de inhabilitar provisionalmente la inscripción de persona jurídica del Comité para la constitución del partido político, siguiendo la orden del juez séptimo penal, Fredy Orellana.
La decisión de la entidad del TSE, dirigida por Ramiro Muñoz, se verificó el lunes 28 de agosto, horas antes que el Tribunal oficializara al binomio de Bernardo Arévalo y Karin Herrera como ganador de la segunda vuelta presidencial.
La resolución del Registrador se basó en que, finalizado el balotaje y los escrutinios correspondientes, no existía impedimento legal para ejecutar el oficio de suspensión del partido emitido por Orellana, puesto que la Corte de Constitucionalidad (CC) y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ratificaron su permanencia solo durante el proceso electoral, como reza la Ley Electoral y de Partidos Políticos en su artículo 92.
Semilla contravino esta premisa al indicar que la CSJ otorgó un amparo en definitiva que les permite no ser suspendidos hasta el final del proceso electoral, cuya fecha se establece para el 31 de octubre próximo, según el decreto de convocatoria a elecciones del TSE, explicó.
El partido además interpuso un amparo ante la CC para revertir su cancelación provisional.
Lo resuelto por el pleno
Según el vocero del TSE, Luis Gerardo Ramírez, los togados decidieron no entrar a conocer fondo del recurso de nulidad presentado por Semilla, pues la “decisión recurrida no es una resolución originaria ni constituye una decisión que derive de la sustanciación del presente proceso electoral”.
Ramírez añadió que el pleno de magistrados dejó en suspenso la resolución del Registro de Ciudadanos hasta la conclusión del proceso electoral (el 31 de octubre), además que ya notificó la decisión a las partes interesadas.
En la resolución del pleno se lee que el Tribunal “no puede desconocer” que el Registrador de Ciudadanos en su resolución, “se limitó a dar cumplimiento a una resolución judicial”.
Pero por “razones de seguridad y certeza jurídica” el pleno de magistrados no puede dejar de pronunciarse en virtud de que el proceso electoral sigue su trámite.
Cita lo resuelto por las cortes a favor de la permanencia del partido durante el proceso electoral y agrega que se “impone reconocer que durante la sustanciación del proceso electoral, no resulta favorable ni prudente” exponer la vigencia de la personalidad jurídica de las organizaciones políticas pues “constituyen la base del proceso electoral de Guatemala” mientras no concluya el proceso electoral.
El pleno indica que aunque “no es viable” pronunciarse sobre el recurso de nulidad, “es imperioso en resguardo de la estabilidad, integridad y eficacia del proceso electoral” dejar en suspenso la resolución del Registro de Ciudadanos pues aún está en curso el proceso electoral.
El vocero del TSE, Luis Gerardo Ramírez, informó que además se rechazaron in limine 3 recursos de nulidad que se presentaron por el caso, al ser formulados por personas particulares. pic.twitter.com/vRnfe0Od4A
— Canal Antigua (@CanalAntigua) September 3, 2023