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Cuáles son las nuevas disposiciones presidenciales en Guatemala publicadas en el Diario Oficial
El Decreto Gubernativo 6-2021 de la Presidencia de la República fue publicado este sábado 14 de agosto en el Diario Oficial.
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14/08/2021 07:41
Fuente: Prensa Libre
El presidente de la República, Alejandro Giammattei anunció, ayer, durante una cadena nacional, que a partir de este 14 de agosto se decreta un Estado de Calamidad Pública, debido al incremento de contagios por Covid-19, que mantiene a los hospitales saturados.
Las disposiciones incluyen un toque de queda y otras disposiciones presidenciales por 30 días, que fueron publicadas este sábado 14 de agosto, según el Decreto Gubernativo Número 6-2021 en el Diario Oficial y se detallan a continuación:
Declarar Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional con el objetivo de mitigar los efectos provocados por el peligro público de contagio, atención de la pandemia y garantizar la salud de los habitantes, y se declara por 30 días a partir de la publicación del acuerdo.
Durante mencionado Estado de Calamidad se establecen las siguientes medidas:
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social será el ente rector de salud en Guatemala y deberá ejecutar todas las acciones necesarias a fin de prestar los servicios públicos indispensables para mitigar la propagación del virus identificado como SARS-COV-2 y sus variantes, que provocan la enfermedad del covid-19.
Además, será el ente rector que podrá limitar el acceso a los lugares que informe, limitando horario y locomoción, que deberán ser comunicados por los medios autorizados.
Las disposiciones que fueron publicadas en el diario oficial, por lo que convocó al pleno del Congreso para que lo conozca, ratifique, modifique o impruebe el decreto gubernativo.
El acuerdo también establece los precios mínimos y máximos para los bienes, suministros y todo lo relacionado para atender el covid-19 y su variantes.
Toque de queda
Se establece un toque de queda, que dará inicio a las 22:00 horas y concluirá a las 4:00 am del día siguiente. Con las excepciones que se establecerán en el Diario Oficial. Este dará inicio el domingo 15 de agosto a las 22:00 horas.
Eventos masivos
El Estado de Calamidad Pública dotará la potestad al Ministerio de Salud para que dicte las medidas de restricción necesarias para la movilidad y otras prácticas para reducir los contagios.
El mandatario señaló que no estarán autorizados los eventos públicos, como reuniones sociales y recreativas, que no son necesarias, pero no aclara el tema de los servicios religiosos.
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Otras medidas
Se limitan las concentraciones de personas, se prohíbe o suspende toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones o eventos, conforme a las disposiciones presidenciales.
De esta disposición se exceptúan las manifestaciones públicas cuando se lleven a cabo con notificación debida, cumpliendo con las medidas sanitarias necesarias y que garanticen la libertad de locomoción de terceros.
Se establecen precios mínimos y máximos para los artículos, bienes, suministros o servicios que tengan algún tipo de relación en la prevención, tratamiento, contención y respuesta al coronavirus y sus variantes, y procedimientos médicos relacionados, así como el acaparamiento de estos.
También se ordena al Instituto Guatemalteco de Migración, Dirección General de Aeronáutica Civil, Cancillería y Ejército de Guatemala para que con apoyo de las fuerzas de seguridad coordinen con el Ministerio de Salud la vigilancia y monitoreo de los puestos fronterizos, puertos y aeropuertos, con relación a los viajeros y tripulación procedentes de países con casos confirmados del covid-19, facultándolos para realizar procedimientos necesarios que garanticen el cumplimiento de las disposiciones.
El Ministerio de Gobernación deberá elaborar y aplicar planes de seguridad pública y encargarse de todo lo relativo con el mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana y de sus bienes.
A quien incumpla con las medidas se le aplicará las sanciones administrativas y penales correspondientes.
El preEl presidente Alejandro Giammattei dijo que los aforos deberán cumplirse de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Salud en el tablero de alertas sanitarias vigente.
El mandatario enfatizó la importancia del uso correcto de la mascarilla y la higiene de manos, entre otras.
El presidente Giammattei explicó que los casos de niños de 0 a 17 años se han duplicado durante julio con relación a los datos que se observaban en marzo del presente año.
En un informe presentado por el Ministerio de Salud se destacó que desde el primer caso de coronavirus, detectado el 13 de marzo de 2020, a la fecha se han registrado 403 mil 348 casos acumulados, con una tasa de letalidad del 2.7%, que representa 10 mil 960 decesos.