
TGW
Guatevision
DCA
Prensa Libre
Canal Antigua
La Hora
Sonora
Al Día
Emisoras Unidas
AGN

Corte de Constitucionalidad suspende en forma provisional estatutos del Comité Olímpico Guatemalteco
Por mayoría, el pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), suspendió este jueves 4 de agosto, en forma provisional, los estatutos del Comité Olímpico Guatemalteco (COG) que recién fueron avalados por el Comité Olímpico Internacional (COI), según reveló una fuente de ese tribunal guatemalteco.
Con votos favorables de la presidenta Dina Josefina Ochoa Escribá, y los magistrados titulares Héctor Hugo Pérez Aguilera, Néster Mauricio Vásquez Pimentel y Leyla Susana Lemus Arriaga, resolvieron de esta forma un amparo que presentó el Tribunal Electoral del Deporte Federado (Tedefe).
Hace algunos meses el Tedefe presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de la reelección de Gerardo Aguirre al frente del COG y la suscripción de nuevos estatutos que aprobó el COI sobre la base de la Carta Olímpica.
En la resolución aparece el voto disidente del magistrado Roberto Molina Barreto, quien no estuvo de acuerdo con la decisión de sus colegas por considerar que violaba no sólo la autonomía del deporte sino leyes del ramo.
Roberto Molina Barreto presentó el único voto disidente y en su razonamiento explica que, entre otras cosas, este fallo representa un agravio al deporte olímpico guatemalteco y el propio Comité Olímpico Internacional puede imponer sanciones al país por no cumplir con la Carta Olímpica.
Según el argumento de Molina Barreto, el fallo constitucional de “la mayoría de magistrados desatendió la previsibilidad impuesta por la naturaleza de este instrumento constitucional, que le obliga a actuar con prudencia”.
De esta cuenta, la resolución “no tuvo en cuenta que ello puede afectar, de manera directa, el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado de Guatemala con el Comité Olímpico Internacional.
El magistrado Molina Barreto, también advierte que se prosiguió indebidamente el trámite y no se cumplió con la concurrencia de los requisitos previstos en la ley, por lo que “suspender la normativa genera serias dudas sobre la objetividad e imparcialidad del Tribunal”.
Molina Barreto expuso que la Constitución, en su artículo 92, “reconoce y garantiza la autonomía del deporte federado por medio de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y el Comité Olímpico Guatemalteco, que por medio de su Comité ejecutivo, emitió la normativa reprochada”.
De momento se desconoce qué acciones tomará el Tedefe y Gerardo Aguirre.