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Semana Santa 2025: cuál será el horario de restricción para el transporte pesado en Guatemala
Publican los horarios y días en los que el transporte pesado no podrá circular durante la Semana Santa y los vehículos que quedan exentos de esta disposición.
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El Ministerio de Comunicaciones publicó este martes 8 de abril en el Diario de Centro América el Acuerdo 538-2025, que establece el horario de circulación para el transporte de carga pesada por el asueto de Semana Santa en todo el territorio nacional.
El horario de restricción abarca desde las 12 horas del miércoles 16 de abril hasta las 24 horas del domingo 20.
El Acuerdo explica que se exceptúa de los referidos horarios el transporte de carga pesada que traslade productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipo audiovisual para eventos autorizados y grúas, estas últimas por tratarse de equipo de servicio.
Debe entenderse por transporte de carga pesada aquel que tenga un peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas.
Dado que es taxativo —específico— el listado de transportes de carga pesada que se exceptúan, no se requiere portar ningún permiso especial emitido por la Dirección General de Transportes, siendo suficiente presentar la documentación que ampare el traslado de los productos, según el acuerdo.
De acuerdo con la publicación, los transportes de carga pesada que trasladen los productos autorizados para circular deberán portar la documentación legal que respalde el traslado de la mercadería por cada una de sus entregas, o del equipo audiovisual por cada evento autorizado.
El transporte pesado podrá circular únicamente del kilómetro 290 de la carretera CA-9 Norte a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la misma ruta.
También podrá circular del kilómetro 80 de la carretera CA-9 Sur-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 de la carretera CA-9 Sur y al kilómetro 114 de la misma ruta.
Hoy fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 538-2025 que establece el horario de circulación para el transporte de carga pesada para el descanso de Semana Santa en todo el territorio nacional.
— Dirección General de Transportes – CIV (@DGTguate) April 8, 2025
Nota ➡️ https://t.co/7TFsiyy1Rz#ElPuebloDignoEsPrimeropic.twitter.com/xhwAEB1LdG