Deudores vs. acreedores: cómo cerrar un negocio en Guatemala si no hay reglas para insolvencias

Deudores vs. acreedores: cómo cerrar un negocio en Guatemala si no hay reglas para insolvencias

Desde 2022 se aprobó la ley para dar certeza a la liquidación de operaciones de negocios. Sin embargo, aún no hay reglamento, por lo que no se puede aplicar en juzgados especializados.

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20/05/2025 06:00
Fuente: Prensa Libre 

Actualmente, los casos de cierre o liquidación de un negocio en el país se manejan fuera de los juzgados, según Rodrigo Callejas, abogado especialista en insolvencias. Las solicitudes formales presentadas ante los tribunales no se conocen, debido a la inexistencia de un reglamento que habilite la ley aprobada en 2022.

Callejas explicó que, en estos momentos, y debido a la falta de la reglamentación adecuada, las situaciones de insolvencia suelen manejarse sin apoyo de los juzgados, de manera voluntaria entre acreedores y deudores.

Cuando una empresa se encuentra en problemas financieros, Callejas externó que los acreedores comienzan a presionar, lo que lleva a demandas. Esto, a su vez, despierta a otros acreedores que buscan encontrar activos y cubrir sus acreencias. Cuando la empresa está endeudada y se ve en esta situación, el abogado mencionó que usualmente el resultado es que la compañía deje de operar. No obstante, existen casos en los que los acreedores buscan acuerdos para reestructurar la empresa.

Acuerdos extrajudiciales, o “de buena voluntad”, los categorizó Callejas, quien agregó que, debido a la falta de un agente legal, las partes no están obligadas a cumplir con los compromisos, lo que genera riesgos para el acreedor y el deudor, señaló el abogado.

Necesidad del reglamento

Según Ana Isabel Antillón, coordinadora del eje de certeza jurídica de la iniciativa Guatemala No Se Detiene, es necesario contar con el reglamento y con el registro de administradores concursales para que quienes deseen acogerse a la Ley de Insolvencias tengan los mecanismos para utilizarla. “Es importante el reglamento para poder acudir ante los jueces competentes en la materia”, señaló Antillón.

Mientras estos aspectos no se encuentren vigentes, las empresas que enfrenten desafíos económicos no tendrán una herramienta legal que las ayude a limpiar su récord crediticio, aseguró Antillón.

Asimismo, destacó que los ciudadanos que han decidido presentar sus casos de insolvencia tienen los trámites suspendidos. “El juez tiene obligación de resolver, pero no tiene las suficientes herramientas en este momento para concluir esos temas”, externó Antillón, quien agregó que ningún caso de esta índole ha llegado a una sentencia.

A pesar de ello, mencionó que mientras no se tenga el reglamento ni el registro de administradores concursales, los casos seguirán suspendidos. Esto ha llevado a que algunos de los trámites se resuelvan a partir de un acuerdo entre las partes, según Antillón.

Proceso actual

Sara Larios, viceministra de Asuntos Registrales del Ministerio de Economía (Mineco), asegura que el 24 de febrero de 2025 se envió al Organismo Judicial (OJ) el borrador del reglamento de insolvencias, como parte del proceso para avanzar con su publicación. Esto, explicó Larios, con la intención de que el OJ revise la normativa y realice comentarios.

Desde ese momento, el Mineco se encuentra a la espera de los señalamientos. Según Larios, recibieron la actualización de que el OJ está a la espera de un dictamen técnico jurídico de la Cámara Civil. La viceministra espera que el expediente sea remitido al Mineco durante la segunda quincena de mayo.

Según el área de Comunicación del OJ, el reglamento está en proceso de evaluación y se brindarán declaraciones una vez se cuente con la conclusión del equipo evaluador.

Luego de recibir el documento, Larios aseguró que deberán evaluar el expediente y analizar la incorporación de algunos de los comentarios proporcionados por el OJ. Posteriormente, externó que se enviará a la Secretaría General de la Presidencia para su análisis y publicación.