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Si eres extranjero en Guatemala, estos son los pasos para ampliar tu estadía en el país por 90 días

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Si eres extranjero en Guatemala, estos son los pasos para ampliar tu estadía en el país por 90 días
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Si eres turista o viajaste por cualquier otro motivo a Guatemala y necesitas permanecer en el país por más tiempo, es importante que conozcas las normativas migratorias para evitar sanciones. De acuerdo con el artículo 74 del Código de Migración, los extranjeros que ingresen de forma regular pueden quedarse hasta 90 días en el país, […]

Si eres turista o viajaste por cualquier otro motivo a Guatemala y necesitas permanecer en el país por más tiempo, es importante que conozcas las normativas migratorias para evitar sanciones.

De acuerdo con el artículo 74 del Código de Migración, los extranjeros que ingresen de forma regular pueden quedarse hasta 90 días en el país, con la posibilidad de prorrogar su estadía una sola vez.

Para ello, el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) ofrece dos opciones: la prórroga de visa de turista o viajero y la residencia temporal o permanente, a continuación te ampliamos los detalles:

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PRORROGA DE VISA DE TURISTA O VIAJERO

Si deseas extender tu estadía por hasta 90 días adicionales, debes acudir a la Subdirección de Extranjería del IGM, ubicada en 6a Avenida 3-11, zona 4, Ciudad de Guatemala, Nivel 2. Los requisitos son los siguientes:

  • Formulario de solicitud de prórroga de visa
  • Pasaporte válido y vigente, con el sello del último ingreso a Guatemala
  • Boleto de viaje, tarjeta de crédito internacional o constancia de garante guatemalteco
  • Comprobante de pago de $25.00
  • Si el solicitante es menor de 18 años, presentar fotocopia del documento de identificación de sus padres o representante legal

Puedes agendar tu cita y descargar el formulario en igm.gob.gt.

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RESIDENCIA TEMPORAL O PERMANENTE

Si necesitas quedarte en Guatemala por más de 90 días, puedes solicitar una residencia temporal por hasta 5 años, según el motivo de tu estadía, si eres:

  • Trabajador
  • Estudiante
  • Deportista o artista
  • Inversionista
  • Investigador o científico
  • Ministro de culto religioso

Para conocer los formularios y requisitos, ingresa a igm.gob.gt/formularios-tramites-de-extranjeria.

Si deseas una estadía mayor a 5 años, debes aplicar a la residencia permanente, conforme al artículo 78 del Código de Migración. No olvides que cumplir con la normativa migratoria garantiza tu estadía legal y sin inconvenientes en el país.

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