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Juez desobedece a la CC y mantiene cambio de delito en caso de fraude por Q67.9 millones
El juez Víctor Cruz incumplió una orden de la Corte de Constitucionalidad al mantener la modificación del delito para dos exfuncionarios del Ministerio de Salud, señalados de fraude.
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Resumen Automático
A pesar de que la Corte de Constitucionalidad (CC) ordenó al juez Víctor Cruz emitir un nuevo fallo en el caso contra el exviceministro de Hospitales, Gerardo Hernández, y el exdirector del Hospital Nacional de Chimaltenango, Gerardo Fuentes, el juzgador mantuvo su decisión de modificar el delito de fraude por el de incumplimiento de deberes.
En audiencia a puerta cerrada, el juez Cruz leyó la resolución de la CC, que otorgó amparo a la Procuraduría General de la Nación (PGN) y al Ministerio Público (MP), entidades que apelaron la modificación del tipo penal.
Dicha acción permitió que los exfuncionarios se acogieran al procedimiento especial de aceptación de cargos y obtuvieran condenas mínimas para cerrar el proceso penal en su contra.
Con esa resolución el juzgador no acató la orden constitucional. En cambio, argumentó que, a su criterio, no existían indicios suficientes para que los sindicados enfrentaran un proceso por fraude, por lo que mantuvo la reclasificación del delito.
La investigación señala que tanto Hernández como Fuentes, en su calidad de funcionarios, habrían beneficiado a una empresa mediante la adquisición de equipamiento por al menos Q67.9 millones.
Los hechos habrían ocurrido en diciembre de 2022, cuando se adjudicaron 772 eventos para compras de equipo destinado al Hospital Nacional de Chimaltenango.
Resolución
La resolución de la Corte de Constitucionalidad del 21 de agosto de 2025 señala:
I) Con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Estado de Guatemala, por medio de la Procuraduría General de la Nación y, como consecuencia, revoca la sentencia venida en grado y resolviendo conforme a Derecho declara:
a) Otorga el amparo solicitado por el Ministerio Público, por medio de la Fiscalía contra la Corrupción y el Estado de Guatemala, por medio de la Procuraduría General de la Nación, contra el juez “A” del Juzgado Décimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala.
b) Restaura la situación jurídica afectada y deja sin efecto, en cuanto a los postulantes, el acto reclamado, consistente en auto de siete de febrero de dos mil veinticuatro.
c) Para los efectos positivos del fallo, la autoridad cuestionada deberá emitir la resolución que en Derecho corresponda, en sustitución de la que queda en suspenso, en congruencia con lo considerado en esta sentencia.
d) Conmina a la autoridad objetada a dar exacto cumplimiento a lo resuelto dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la fecha en que reciba la ejecutoria de este fallo, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, incurrirá en multa de Q2,000, sin perjuicio de las responsabilidades consiguientes.
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