Códigos de ética para secretarios de partidos

Códigos de ética para secretarios de partidos

Cualquier candidato o candidata que incumpla con los requerimientos de ley debe ser retirado de la contienda electoral.
18/03/2023 00:02
Fuente: Prensa Libre 

A muchos de nosotros que somos simplemente espectadores de los procesos electorales para este año, nos causa extrañeza por qué no se están aplicando códigos de ética que incluyen reconocida honorabilidad, honradez, idoneidad y capacidad al ser elegidos los candidatos que correrán en la contienda electoral. Digo esto pues es notorio que entre las postulaciones encontremos candidatos con señalamientos de corrupción, procesos judiciales e incluso órdenes de extradición. ¿Cómo es esto posible?

La Ley Electoral y de Partidos Políticos establece que los secretarios generales son personalmente responsables del cumplimiento de los fines establecidos en dicha ley y deben anteponer los intereses de nuestra patria ante todas las cosas.

Foro Guatemala ha enviado una carta a los secretarios generales solicitando de forma respetuosa que: 1) Presten atención a la comunicación expuesta en la carta que Foro Guatemala les ha enviado. 2) Que hagan público su código de ética y los criterios específicos que utilizan para validar el cumplimiento a los requerimientos del artículo 113 constitucional. 3) Que realicen un ejercicio de verificación sobre cada nominación y que no se inscriba a aquellos candidatos que incumplan con los requisitos constitucionales de idoneidad, capacidad y honradez. 4) Que soliciten la revocatoria y cancelación inmediata de la inscripción de candidaturas que incumplen con los requisitos constitucionales de idoneidad, capacidad y honradez que ya hayan sido inscritos. 5) Que las comisiones disciplinarias de sus partidos políticos realicen una interpretación política y ética de la Constitución para solicitar que cualquier candidato o candidata que incumpla con los requerimientos de ley se retire de la contienda electoral.

Sin fruto hemos intentado en el pasado ser rigurosos cuando se postulan magistrados, o jueces, y otro tipo de cargos públicos. ¿Por qué no exigir ser rigurosos esta vez en pedir idoneidad, honradez y capacidad cuando se trata de la elección de presidente y vicepresidente constitucional de Guatemala? Ojalá no hagamos oídos sordos.

Según el comunicado de Foro Guatemala, “La capacidad, idoneidad y honradez deben reflejarse en la trayectoria de vida de los candidatos, sin requerir pronunciamiento o resolución alguna que así lo determine o bien lo desconozca. El reconocimiento no está sujeto a procesos de alguna índole, ya que ningún órgano puede afirmar lo que el pueblo niega ni puede contradecir lo que todo un país advierte. Deben establecerse mecanismos claros y transparentes que demuestren los resultados del ejercicio de determinación de capacidad, idoneidad y honradez para cada postulante. De lo anterior, afirmamos: 1. Los candidatos y candidatas a cualquier cargo de elección popular que incumplan con los requisitos de capacidad, idoneidad y honradez no deben ser inscritos en el Registro de Ciudadanos. 2. Esta negativa no representaría vulneración alguna al derecho de elegir y ser electo, ya que de conformidad con la citada sentencia de la Corte de Constitucionalidad debe aplicarse al artículo 113 constitucional”.

Más claro no canta un gallo, amigos lectores. Imagínense qué papelón haremos a nivel internacional si nos hacemos de la vista gorda y permitimos ilegalidades dentro del proceso electoral. El compromiso de cada secretario general debe ser velar por que sus partidos políticos estén en riguroso apego a la ley y que sus decisiones estén tendientes a fortalecer la gobernabilidad democrática de nuestro país.

Sumemos a nuestro país, y no le restemos más. La ciudadanía se merece respeto y estoy segura de que los secretarios generales de los partidos políticos harán lo correcto.