SAT anuncia suspensión de contribuyentes al régimen del IVA por incumplimiento

SAT anuncia suspensión de contribuyentes al régimen del IVA por incumplimiento

Ciudad de Guatemala, 2 nov. (AGN). – Este martes, autoridades de la Superintendencia de Administración tributaria (SAT) abordó el tema de la suspensión de contribuyentes al régimen del impuesto al valor agregado (IVA). Marco Livio Díaz, superintendente de la SAT, dijo al respecto: El día de hoy queremos presentar lo que establece 120 del Código […]
02/11/2023 06:00
Fuente: AGN 

Ciudad de Guatemala, 2 nov. (AGN). – Este martes, autoridades de la Superintendencia de Administración tributaria (SAT) abordó el tema de la suspensión de contribuyentes al régimen del impuesto al valor agregado (IVA).

Marco Livio Díaz, superintendente de la SAT, dijo al respecto:

El día de hoy queremos presentar lo que establece 120 del Código Tributario sobre la autorización a la SAT de desactivar a los contribuyentes que no han pagado el impuesto en el régimen del impuesto al valor agregado.

Desde el 4 de octubre, la SAT ha estado avisando a los contribuyentes que tienen 4 años de no presentar declaración del impuesto sobre valor agregado, tanto como pequeño contribuyente del régimen general, a la dirección registrada, tanto física como electrónica. Quienes han incumplido por este período o más son un total de 276 mil 712 afiliados.

Datos de SAT

De los 276 mil 712 contribuyentes con más de 4 años sin presentar declaraciones del IVA, 224 mil 120 están suspendidos y deben presentar las declaraciones respectivas con el pago de sus obligaciones formales.

Además, 892 se dieron de baja voluntariamente y 4 cumplieron con su obligación formal presentando las declaraciones pendientes.

Para reactivar la afiliación del IVA debe llevar a cabo los siguientes pasos o para resolver dudas pueden comunicarse al 1550.

El objetivo es que los contribuyentes lleven a cumplan con sus declaraciones del impuesto como lo dice claro el Artículo 120 del código tributario.

El superintendente Díaz, agregó:

No solo es presentar la declaración, es pagar el impuesto que corresponde según la declaración que han emitido. Acciones para depurar los registros digitales en el RTU y en el impuesto al valor agregado.

A la fecha, en el IVA se reportan 1 millón 572 mil 195 de afiliados. Quienes son desactivados del IVA no pueden facturar para valor agregado.

Hemos decidido salir a anunciar públicamente que estamos empezando a desactivar estos NIT, el NIT sigue vigente pero se suspende su afiliación al régimen, hemos enviado a los contribuyentes una notificación con esta notificación.

De acuerdo con la información, en 2020, la SAT puso en vigencia el área virtual mediante su página que ha permitido la actualización en línea de los contribuyentes. Según indicó el superintendente en conferencia de prensa, se cuenta con la inscripción del 100 % en línea a partir de 2022.

Artículo 120

El artículo 120 del Código Tributario hace referencia a los contribuyentes que estén omisos en el pago del IVA o que no sean ubicados en su domicilio fiscal. La SAT puede suspender su afiliación al régimen de dicho impuesto y realizará la anotación especial en los registros tributarios del contribuyente responsable.

Seguidamente, la SAT anunció que las personas que han dejado de presentar las declaraciones respectivas se les ha dado a conocer sobre las opciones que tienen para regularizar su situación tributaria; de no regularizar su situación, la SAT podrá suspender la afiliación.

En 2022 se firmó el convenio del Renap en el que ya es posible consultar en tiempo real los datos de un contribuyente y también consultar cuando fallece un contribuyente para anotarlo en los datos de RTU digital.

En su mensaje, el superintendente anunció que los contribuyentes omisos al pago del IVA tienen hasta el 27 de octubre para regularizar su situación.

Además, para dudas dejó a disposición:

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