CC anula reglamento del Ejecutivo que obligaba a clasificar la basura por violar autonomía municipal

CC anula reglamento del Ejecutivo que obligaba a clasificar la basura por violar autonomía municipal

La Corte de Constitucionalidad resolvió que el Ejecutivo invadió competencias municipales al emitir normativas sobre gestión de desechos sólidos y suspende reglamento sobre clasificación de basura.

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27/08/2025 17:53
Fuente: Prensa Libre 

La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió este miércoles 27 de agosto el reglamento que ordenaba clasificar la basura en Guatemala, al concluir que violaba la autonomía municipal. Los magistrados llegaron a esa conclusión al resolver en sentencia una inconstitucionalidad presentada por el diputado Ronald Portillo, del bloque Vamos.

La normativa anulada está contenida en el Acuerdo Gubernativo 164-2021 y su reforma 184-2023, los cuales establecían el “Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos Comunes”, publicado en agosto de 2021 y modificado en 2023.

En su resolución, la CC determinó que el Ejecutivo excedió su potestad reglamentaria, al emitir disposiciones que invadieron competencias exclusivas de las municipalidades, como la recolección, tratamiento y disposición final de desechos sólidos.

Según el fallo, esas funciones corresponden constitucional y legalmente a los municipios, conforme con el artículo 253 de la Constitución Política, el Código Municipal y el Código de Salud. Al emitir un reglamento centralizado, el Organismo Ejecutivo sustituyó facultades municipales y vulneró el sistema descentralizado del país.

La sentencia también aclara que la declaratoria de inconstitucionalidad no implica la restitución del Acuerdo Gubernativo 189-2019, que fue derogado anteriormente, por lo que no se revive su vigencia.

A criterio del tribunal, el Ejecutivo pudo haber optado por mecanismos de coordinación o fortalecimiento municipal que resultaran menos lesivos. Por esa razón, ordenó expulsar del ordenamiento jurídico los acuerdos impugnados, que dejarán de surtir efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

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