Dipp debe comenzar a funcionar pronto

Dipp debe comenzar a funcionar pronto

Infraestructura vial prioritaria dependerá de la capacidad de ejecución.

Enlace generado

Resumen Automático

08/09/2025 00:03
Fuente: Prensa Libre 

La semana pasada se decidió por mayoría en el directorio de la Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (Dipp), que crea la Ley de Infraestructura Vial Prioritaria (LVIP), que la referida dirección sea una Unidad Ejecutora del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV). Se interpretó de manera equivocada la frase del artículo 6 de la LVIP “desconcentrado del” sujeta a la Dipp bajo la jerarquía del CIV, con un escenario en que ahora la máxima autoridad de la Dipp será el ministro del CIV, obviando lo que menciona el artículo 4 literal e) y el artículo 6 de la LVIP que establecen la dirección como una institución “especializada, desconcentrada del CIV”, por lo que no puede ser una Unidad Ejecutora. El artículo 9 de la LIVP también no se tomó en cuenta, que establece claramente “que el Directorio es la autoridad superior de la DIPP”.

Ahora la responsabilidad final recaerá sobre el ministro del CIV.

En fin, la política y sus marañas, ahora se complica aún más la ejecución y la mejora de la infraestructura vial, debido a que la toma de decisiones ya no se tomará con base en análisis técnico como lo establecía la ley, sino todo deberá ser aprobado políticamente por el ministro del CIV. La falta de visión con la que se abordó este asunto puede tener condiciones graves para el futuro de la infraestructura vial prioritaria, especialmente para las carreteras centroamericanas y las vías alternas que puedan desarrollarse, así como los anillos metropolitanos.

Ahora que se ha tomó esta decisión, es importante acelerar ciertos hitos importantes que deben quedar resueltos lo más pronto posible, como lo son la contratación de la gerente que ya fue nombrada y que pueda empezar a formase el equipo administrativo de la Dipp, así como los criterios de estándares internacionales que deberán regir para la primera evaluación de la red vial y los reglamentos de la ley.

Este proceso que seguramente tomará todavía lo que resta del año, debería ya estar concluido para iniciar con buen pie el 2026 y empezar a operar el fondo a partir de mediados del próximo año como lo establece la ley. De hecho, en el presupuesto 2026 en Obligaciones a Cargo del Tesoro ya se le asignan Q2.10 millardos al Fondo para Proyectos Viales Prioritarios (Fovip), que deberán comenzarse a ejecutar el próximo año, haciendo los estudios de preinversión necesarios y los contratos de mantenimiento, que se requieren para comenzar a tener carreteras en mejores condiciones y eventualmente a partir del 2027 ya contar con proyectos mejor estructurados.

La urgencia de contar con mejores carreteras debe primar en todo momento, haciendo uso de las herramientas que permite la ley de infraestructura vial prioritaria, en donde se deben generar las bases técnicas y administrativas para fomentar una mejor gestión de los fondos públicos que se establecerán ahora para la administración y operación de carreteras prioritarias. Los contratos por niveles de servicio pueden ser una herramienta de gestión para promover mayor transparencia y eficiencia en la contratación de proyectos viales de gran envergadura que se puedan desarrollar.

Estudios internacionales demuestran los beneficios de implementar contratos por niveles de servicio, directamente alineados con los beneficios asociados con una buena gestión de activos y la capacidad de fomentar una buena gestión de activos, en lugar de un objetivo en sí mismo. Una buena comprensión del riesgo, la asignación del riesgo y la definición de los límites del riesgo, serán esenciales tanto para la gestión de los activos como para la identificación de los beneficios del modelo.