Arévalo emite disposiciones para eficiencia del gasto y uso de vehículos oficiales

Arévalo emite disposiciones para eficiencia del gasto y uso de vehículos oficiales

El mandatario anunció las medidas que se pondrán en marcha con respecto a la ejecución del Presupuesto 2024 y para evitar que se utilicen de manera inadecuada las unidades vehiculares.

 

El presidente de la república, Bernardo Arévalo, emitió dos circulares dirigidas a entidades y dependencias que integran el organismo Ejecutivo en las cuales se dan a conocer las disposiciones para la eficiencia, control, priorización y transparencia del gasto público, así como las directrices para el uso de vehículos oficiales. Ambos documentos fueron publicados en el diario oficial.

En el oficio circular número 01-2024 se detalla lo relacionado al manejo del Gasto Público para el ejercicio fiscal 2024, y se hace referencia a que el presupuesto que entró en vigencia debe ajustarse a la Política General de Gobierno.

En ese sentido, se indica que es de suma importancia poner en práctica medidas que propicien mayor eficiencia en el gasto público, aprovechando la disponibilidad presupuestaria y financiera.

“Las entidades deberán ejecutar sus asignaciones presupuestarias bajo los principios de racionalidad económica, eficiencia y transparencia, priorizando los recursos asignados en las actividades sustantivas”, destaca.

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Entre las disposiciones incluidas en la orden presidencial, mismas que entrarán en vigencia el 2 de mayo, se encuentran las siguientes:

  • Las instituciones públicas deberán garantizar el financiamiento para el pago oportuno de los sueldos y salarios de la nómina ocupada, además de los honorarios de servicios técnicos y profesionales contratados.
  • Se debe garantizar el pago oportuno de los servicios de energía eléctrica, agua potable, telefonía e internet, transporte, almacenaje, extracción de basura y destrucción de desechos sólidos, vigilancia, seguridad social, entre otros servicios, haciendo uso racional de los recursos.
  • La creación de cualquier tipo de bono único o incremento a los complementos personales y bonos específicos existentes, independientemente de la fuente de financiamiento, se deberá financiar con el presupuesto de egresos vigente de cada entidad.
  • Las instituciones públicas no deberán contratar seguros médicos o servicio de medicina prepago privados para los empleados o funcionarios públicos.

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El oficio circular número 02-2024 establece las directrices presidenciales aplicables a la asignación y uso de vehículos oficiales del organismo Ejecutivo, y hace mención de que la transparencia y eficiencia en el manejo de recursos públicos son pilares fundamentales dentro de la administración gubernamental.

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En ese contexto, se indica que las siguientes disposiciones, con vigencia inmediata, deberán ser cumplidas por todos los funcionarios y empleados de entidades públicas:

  • Los vehículos oficiales deben destinarse exclusivamente al cumplimiento de las actividades inherentes a los fines propios de cada entidad.
  • El uso de vehículos oficiales debe cumplir de manera estricta con los requisitos establecidos en materia de tránsito contenidos en las leyes y reglamentos de la materia.
  • Todos los vehículos del Ejecutivo deben estar plenamente identificados con el logotipo oficial del Gobierno de Guatemala.
  • Las entidades del Ejecutivo deberán crear, revisar o actualizar, según corresponda, los procedimientos administrativos relacionados con la asignación y uso de vehículos oficiales.
  • Se prohíbe a los funcionarios: utilizar los vehículos con fines distintos a los autorizados, beneficio personal o de terceros; circular sin placas visibles; emplearlos para actividades electorales o partidistas; destinarlos a actividades comerciales; consumir bebidas alcohólicas o drogas en su interior; modificar su apariencia; y hacer valer el cargo público para pretender inobservar la normativa de tránsito.