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Diputados fijan fecha para interpelar a ministros de Salud, Gobernación y Relaciones Exterior
Durante la sesión plenaria del Congreso de la República de este jueves 6 de junio, el diputado Álvaro Arzú Escobar pidió una moción verbal para que se fije fecha para las interpelaciones contra los ministros de Gobernación, Relaciones Exteriores y Salud. Con 81 votos fue aprobada la moción del congresista. Diputados de las bancadas CABAL, […]
Durante la sesión plenaria del Congreso de la República de este jueves 6 de junio, el diputado Álvaro Arzú Escobar pidió una moción verbal para que se fije fecha para las interpelaciones contra los ministros de Gobernación, Relaciones Exteriores y Salud.

Con 81 votos fue aprobada la moción del congresista. Diputados de las bancadas CABAL, VALOR, VAMOS, Compromiso, Renovación y Orden (CREO), Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), TODOS, CAMBIO, Bienestar Nacional (BIEN), Elefante y Azul fueron los que dieron su voto a favor.
INTERPELACIONES
El martes 25 de julio próximo, a las 10 horas, iniciará la interpelación del ministro de Gobernación, Francisco Jiménez. La diputada Sandra Jovel la solicitó.
Mientras que la interpelación del ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Ramiro Martínez, fue fijada también el 25 de julio, pero a las 12 horas.
Finalmente, a las 18 horas de ese martes, será la interpelación al ministro de Salud, Oscar Cordón.
#AhoraLH | Diputados aprueban moción del congresista, Alvaro Arzú Escobar, para fijar fechas a los juicios políticos contra los ministros de Relaciones Exteriores, Gobernación y Salud.
✍️: Joel Maldonado/LH
📹: Daniel Ramírez/LH pic.twitter.com/zyyJ0qoQnP— Diario La Hora (@lahoragt) June 6, 2024
MINISTROS DEBEN ASISTIR
En la Constitución Política de la República de Guatemala se le confiere al Congreso el derecho de interpelar a los ministros y viceministros.
La norma está contenida en el artículo 166, la cual señala que es obligatorio que los ministros acudan a las interpelaciones.
Además, en el artículo 167 de la Carta Magna se establece que «cuando se planteare la interpelación de un ministro, éste no podrá ausentarse del país, ni excusarse de responder en forma alguna».