Un tribunal de Sololá emitió una sentencia de 20 años de prisión para un dos hombres, culpables de la muerte de un empresario.

Un tribunal de Sololá emitió una sentencia de 20 años de prisión para un dos hombres, culpables de la muerte de un empresario.

17/05/2021 12:00
Fuente: Sonora 

Veinte años de prisión incomultables fue la sentencia emitida por el Tribunal de Sentencia Penal y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Sololá, por el delito de asesinato en tentativa que fue cometido por Lucio Andrés Chapeton y Henry Leonardo López, el 17 de marzo del año 2018 contra un empresario Quichelense.

El tribunal valoró el testimonio de la víctima y pruebas documentales presentadas por el fiscal a cargo; “el testimonio es la prueba directa, la cual aporta la forma, modo, tiempo y lugar en que se dieron los hechos” dijo el juez vocal encargado de la argumentación sobre la cual se resolvió la sentencia.

Las pruebas documentales como el acta de la escena suscrita por el Ministerio Público, así como el álbum fotográfico establecen la descripción del lugar donde ocurrieron los hechos y se describen los indicios, como los vehículos involucrados y el arma; el tribunal también le dio valor probatorio a los testimonios de los agentes de la Policía Nacional Civil que acudieron al lugar, cuyas declaraciones coinciden con los hechos descritos por el MP.

Se pudo establecer también que Lucio Chapeton era el copiloto y quien accionó el arma, mientras que Henry López era quien conducía la motocicleta, la misma condena fue emitida para los dos sindicados.

El agraviado dijo firmemente que apelarán la sentencia ya que considera que no es una condena suficiente por todo lo que sufrió, porque se trata de un segundo atentando en su contra. Sobre los autores intelectuales de este suceso, no se ha realizado ninguna investigación.


En el juicio se escuchó a diez personas entre testigos y peritos, así cómo a un hombre identificado cómo el testigo A que declaró en cámara Gessel, pero el Tribunal no le dio valor probatorio a este testimonio porque nunca se declaró como testigo protegido, por lo que la duda favoreció a los sentenciados, el juez agregó que sólo se comprobó como hecho agravante la alevosía y no así premeditación.

El agente fiscal del Ministro Público solicitó 34 años con 4 meses de prisión incomutable, pero el Tribunal por unanimidad dictó una Sentencia condenatoria de 20 años de prisión incomutable.

Fredy de León

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