Candidaturas de MLP, Podemos, Valor-Unionista y UNE en manos del sistema judicial
Las candidaturas de cuatro binomios presidenciales dependen de decisiones en el ámbito judicial, derivado de acciones legales que fueron interpuestas. En tres casos son acciones en contra para evitar su inscripción y en uno, para lograr estar en la contienda electoral. CSJ Y CC SON CLAVE EN EL PROCESO ELECTORAL Los magistrados de la Corte […]
Las candidaturas de cuatro binomios presidenciales dependen de decisiones en el ámbito judicial, derivado de acciones legales que fueron interpuestas. En tres casos son acciones en contra para evitar su inscripción y en uno, para lograr estar en la contienda electoral.
CSJ Y CC SON CLAVE EN EL PROCESO ELECTORAL
Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) son el primer filtro por el cual tendrán que pasar cuatro partidos políticos para determinar si sus postulados como candidatos a presidente y vicepresidente podrán correr en las elecciones generales 2023.
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Por el momento, todas las acciones legales (amparos) se encuentran en la CSJ, la cual tiene un tiempo limitado para resolver los casos, debido a que esto tiene que suceder antes de que se ordene la impresión de las boletas electorales.
En última instancia, las resoluciones de la CSJ pueden ser apeladas y por tanto resueltas por la Corte de Constitucionalidad (CC), instancia que tendrá la decisión definitiva para ordenar la aprobación o rechazo de las referidas candidaturas.
LOS BINOMIOS IMPUGNADOS
Los partidos políticos que se encuentran ante las cortes de justicia son:
Thelma Cabrera y Jordán Rodas, del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP).
Sandra Torres y Romeo Guerra, por la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).
Zury Ríos y Héctor Cifuentes, propuestos por la coalición Valor-Unionista.
Roberto Arzú García-Granados y David Pineda, impulsados por Podemos.
LOS SEÑALAMIENTOS EN CONTRA DE LOS CANDIDATOS
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirmó la decisión del Registro de Ciudadanos (RC) de no inscribir a Cabrera y Rodas, candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia del MLP, respectivamente.
Según el fallo del TSE, el finiquito que Rodas presentó como parte de la papelería con la cual solicitó su inscripción no tiene validez porque actualmente aparece con cargos jurídicos.
Rodas, extitular de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), asegura que las acciones en su contra son espurias y buscan que no compita por la Vicepresidencia.
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Por lo tanto, el MLP interpuso una acción de amparo en la CSJ con la cual se busca revocar la resolución del TSE.
En tanto, el partido Cabal, encabezado por Edmond Mulet, acudió a la CSJ para que Zury Ríos no sea inscrita como candidata a la Presidencia, ella fue proclamada para competir por ese cargo por la coalición Valor-Unionista.
Según Cabal, la Carta Magna le prohíbe a Ríos buscar el referido cargo en la administración pública por ser la hija del general José Efraín Ríos Montt, quien falleció en 2018, debido a que él encabezó un gobierno de facto de marzo de 1982 a agosto de 1983.
Ríos ha expresado que “el pueblo manda” y que estará en las papeletas.
El Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación) logró que Arzú García-Granados y Pineda no fueran inscritos para participar en los comicios.
De esa cuenta, la agrupación política anunció que serán interpuestos cinco amparos ante la CSJ, con los cuales buscan revertir la decisión del TSE que los dejó fuera de la contienda.
El partido opositor al binomio de Podemos argumenta que la agrupación habría realizado campaña electoral anticipada a través de las redes sociales, lo cual está prohibido por la LEPP.
Arzú ha argumentado que lo quieren dejar fuera de la contienda y ha anunciado acciones legales.
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Asimismo, el partido político TODOS accionó en contra de Guerra, vicepresidenciable de la UNE y compañero de fórmula de Torres.
La agrupación sostiene que se debe anular la inscripción del vicepresidenciable de la UNE por considerar que existe una prohibición constitucional que impide su participación.
Según TODOS, el TSE tuvo que rechazar la inscripción del binomio, puesto que Guerra es líder religioso en funciones y la Constitución prohíbe a los “ministros de culto” optar a los cargos de Presidente y Vicepresidente.
Guerra publicó un video en días pasados argumentando que no tiene prohibición, pero no ahondó en las razones para expresar que la prohibición constitucional no le aplica.