Requisitos a la carta: el caso de la exfuncionaria de Giammattei que buscar ser jueza de primera instancia

Requisitos a la carta: el caso de la exfuncionaria de Giammattei que buscar ser jueza de primera instancia

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01/10/2026 04:00
La Hora
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Resumen Inteligente

Diana Escobar salió del Organismo Judicial en 2021 para ocupar un cargo directivo en la Presidencia de Alejandro Giammattei, donde permaneció más de dos años antes de regresar a ser jueza. En junio de 2025 fue admitida por el Consejo de la Carrera Judicial a un proceso de ascenso a jueza de Primera Instancia, aunque […]
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Diana Escobar salió del Organismo Judicial en 2021 para ocupar un cargo directivo en la Presidencia de Alejandro Giammattei, donde permaneció más de dos años antes de regresar a ser jueza. En junio de 2025 fue admitida por el Consejo de la Carrera Judicial a un proceso de ascenso a jueza de Primera Instancia, aunque su propia certificación laboral registra que para entonces llevaba menos de dos años como jueza de Paz desde su reincorporación. El reglamento exige tres años de servicio activo ininterrumpido. La jueza niega cualquier irregularidad y afirma que fue el Consejo quien verificó y aceptó su expediente.

Cuando el Organismo Judicial abrió en mayo de 2025 el proceso para que los jueces de Paz pudieran ascender a la categoría de jueces de Primera Instancia, fijó una condición que no dejaba mucho margen para interpretaciones: los aspirantes debían tener tres años de servicio activo ininterrumpido.

Diana María Escobar González fue una de las personas admitidas. Pero su propia hoja de vida laboral, certificada por el Consejo de la Carrera Judicial, cuenta otra historia.

Escobar González fue jueza de Paz suplente desde el 8 de abril de 2019 hasta el 9 de mayo de 2021. Al día siguiente entró en una situación de excedencia y dejó temporalmente el Organismo Judicial para trabajar en la Secretaría General de la Presidencia de la República del entonces presidente Alejandro Giammattei con un salario que alcanzaba los Q24 mil 625 mensuales.

La jueza Diana Escobar durante una conferencia en la Corte de Constitucionalidad por el Día Internacional de la Mujer en 2024. Foto La Hora: Facebook del Instituto de Justicia Constitucional.
La jueza Diana Escobar durante una conferencia en la Corte de Constitucionalidad por el Día Internacional de la Mujer en 2024. Foto La Hora: Facebook del Instituto de Justicia Constitucional.

No regresó a ser jueza de Paz sino hasta el 1 de diciembre de 2023, cuando el gobierno del expresidente Giammattei —sancionado por corrupción— estaba a menos de dos meses de finalizar. Pero Escobar Gonzalez quería subir de escalón, dejar de conocer delitos menores y empezar a juzgar casos de mayor trascendencia.

La jueza entonces aplicó a la convocatoria para ascender a jueza de Primera Instancia. Al cierre de la convocatoria, el 27 de junio de 2025, Escobar González todavía no había completado los tres años de servicio activo ininterrumpidos que exigían las bases para participar en el proceso de ascenso, según las fechas consignadas en su expediente.

Una certificación emitida por el Consejo de la Carrera Judicial en agosto de 2024, a la que tuvo acceso La Hora, registra cada una de esas fechas y describe expresamente su salida como una “excedencia por laborar como Subdirector Ejecutivo IV y funcionalmente como Subdirector General de Asuntos Judiciales” dentro de la Presidencia.

UN REQUISITO QUE APARECE TRES VECES

No se trata únicamente de una condición establecida en las bases del concurso, también aparece otras dos veces en ley.

El Reglamento General de la Ley de la Carrera Judicialseñala, en su artículo 81, que los concursos por oposición para ascender a juez de Primera Instancia están dirigidos a jueces de Paz que hayan desempeñado ese cargo durante un mínimo de tres años.

El artículo 82 desarrolla los requisitos y establece literalmente que los aspirantes deben “tener como mínimo tres (3) años de servicio activo ininterrumpido como juez de paz”.

La convocatoria publicada por el Consejo de la Carrera Judicial el 30 de mayo de 2025 reprodujo ese requisito. Además, estableció que los plazos exigidos debían estar cumplidos al cierre de la recepción de expedientes, el 27 de junio de ese año.

Certificación del Consejo de la Carrera Judicial sobre el historial de puestos de Diana María Escobar González.
Certificación del Consejo de la Carrera Judicial sobre el historial de puestos de Diana María Escobar González. Foto La Hora: La Hora.

Además, la Ley de la Carrera Judicialtambién distingue entre estar en servicio activo y encontrarse en excedencia. El artículo 31 establece que los jueces y magistrados pueden estar en servicio activo, excedencia, licencia o suspensión. La primera situación corresponde a quienes desempeñan un cargo de la carrera judicial.

La excedencia, en cambio, permite a un integrante de la carrera dejar de prestar servicio activo sin renunciar a su condición. La misma norma establece que “el tiempo de duración de la excedencia no se acredita para determinar antigüedad”.

La certificación de Escobar González deja constancia de que ese fue exactamente su caso.

DEL OJ A LA PRESIDENCIA DE GIAMMATTEI

La excedencia de Escobar González no fue un período de pausa profesional. El 11 de mayo de 2021 comenzó a trabajar en la Secretaría General de la Presidencia de la República, entonces bajo el gobierno de Giammattei.

Una constancia emitida por esa institución —obtenida al igual que los demás documentos en su expediente para magistrada de Sala— señala que permaneció allí hasta el 30 de noviembre de 2023 y que ocupó el puesto de Subdirector Ejecutivo IV, bajo el renglón presupuestario 011, correspondiente a personal permanente.

Su llegada se produjo después de que Leyla Lemus dejara la Secretaría General de la Presidencia para asumir como magistrada de la Corte de Constitucionalidad. En marzo de 2021 quedó vacante el puesto y María Consuelo Ramírez Scaglia asumió como secretaria general. Dos meses después, Escobar González ingresó a esa estructura.

Durante su excedencia, Diana María Escobar González ocupó los puestos de Subdirectora Ejecutiva IV y Subdirectora General de Asuntos Judiciales en la Secretaría General de la Presidencia.
Según su excedencia, Diana Escobar ocupó los puestos de Subdirectora Ejecutiva IV y Subdirectora General de Asuntos Judiciales en la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno de Alejandro Giamamttei. Foto La Hora: Presidencia.

La trayectoria de ambas coincide además en otra institución. Ese mismo año, Ramírez Scaglia tuvo participación en el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), primero como secretaria de la Presidencia del INAP y posteriormente como presidenta de su Junta Directiva durante el gobierno de Giammattei.

A partir de 2021, Escobar González comenzó a recibir contratos como docente del INAP. A la fecha, ha suscrito siete contratos, por los que ha devengado Q67 mil 200, de acuerdo con los registros en Guatecompras, el portal de adquisiciones del Estado.

El 30 de noviembre de 2023 terminó la etapa como funcionaria del gobierno de Giammattei. Al día siguiente volvió al Organismo Judicial.

JUEZA ASEGURA TENER EL TIEMPO SUFICIENTE

La Hora buscó a Escobar González para conocer su versión sobre la diferencia entre sus fechas laborales y el requisito de la convocatoria. La primera conversación por medio de una llamada telefónica estuvo marcada por su molestia.

Cuando se le explicó que la documentación mostraba que había retomado su cargo como jueza de Paz el 1 de diciembre de 2023 y que, para la fecha límite de la convocatoria, no había completado tres años ininterrumpidos, respondió que la interpretación no tomaba en cuenta la figura de la excedencia.

“La excedencia no funciona así. Por eso es que yo continué, digamos, en el proceso”, respondió. Pero la conversación subió de tono cuando se le preguntó cuál era su postura sobre el requisito.

“¿Y eso para qué va a salir? ¿Para demeritar mi trabajo dentro del OJ? Porque yo soy juez. Eso es lo que hacen ustedes con sus reportajes”, reprochó con un tono totalmente diferente al primer saludo que marcó la llamada.

Escobar González pidió que se le llamara posteriormente para ofrecer su postura formal, pues en ese momento se encontraba en una clase en la Escuela de Estudios Judiciales.

Diana María Escobar González sostiene que la excedencia no interrumpió el tiempo de servicio requerido para participar en el proceso de ascenso.
Diana María Escobar González sostiene que la excedencia no interrumpió el tiempo de servicio requerido para participar en el proceso de ascenso. Foto La Hora: Instituto de Justicia Constitucional.

En la segunda conversación sostuvo el mismo argumento: la excedencia no impedía que pudiera participar.

“Yo hice todo mi proceso y participé”, afirmó. Explicó que presentó la documentación requerida, realizó las evaluaciones y entrevistas y continuó avanzando dentro del programa porque el Consejo de la Carrera Judicial había revisado su expediente y la había declarado elegible.

“Quien toma la decisión al final es el Consejo de la Carrera Judicial y ellos pues determinarán si yo cumplía o no con eso”, sentenció.

Escobar González añadió que, cuando regresó al Organismo Judicial, esperó porque entendía que todavía no tenía el tiempo requerido para participar en un proceso anterior. Según su interpretación, posteriormente dice que sí alcanzó el tiempo porque la excedencia no interfería con su participación.

Su defensa se centró en que la responsabilidad de revisar los requisitos no recaía sobre ella, sino sobre el órgano que recibió y calificó su expediente. “Como ellos lo verificaron, yo ahí ya no tengo responsabilidad”, sostuvo.

ANTECEDENTE QUE LA CONECTA CON CIFUENTES

El nombre de Escobar González ya había aparecido en otro proceso de decisiones sobre plazas judiciales.

Durante la presidencia de Teódulo Cifuentes Maldonado en la Corte Suprema de Justicia, La Hora reveló una investigación sobre cómo nueve magistrados se repartieron movimientos de jueces de Paz.

Cifuentes fue el magistrado que más logró posicionar sus propuestas de nombramientos de jueces. Entre ellas estuvo precisamente la de Escobar González, quien fue trasladada en definitiva al Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno de Villa Nueva, cargo que actualmente ocupa.

Ese antecedente cobra relevancia por el papel que Cifuentes tuvo posteriormente dentro de la estructura de la carrera judicial.

Durante su presidencia del Organismo Judicial, Cifuentes Maldonado designó a la magistrada Flor García Villatoro como representante ante el Consejo de la Carrera Judicial para encargarse de los procesos relacionados con los programas de formación para jueces, así como de la elaboración de listados de aspirantes que posteriormente son conocidos por el pleno de la Corte Suprema, entre otros.

El expresidente del Organismo Judicial, Teodulo Cifuentes, y la presidenta del Consejo de la Carrera Judicial, Flor García Villatoro. Foto La Hora: Organismo Judicial.
El expresidente del Organismo Judicial, Teodulo Cifuentes, y la presidenta del Consejo de la Carrera Judicial, Flor García Villatoro. Foto La Hora: Organismo Judicial.

García Villatoro es quien actualmente preside el Consejo de la Carrera Judicial que declaró elegible a Escobar González para el proceso de ascenso.

La coincidencia de ambos nombres —Cifuentes y García Villatoro— vuelve a aparecer ahora en una decisión relacionada con la trayectoria profesional de una jueza cuyo traslado a Villa Nueva había sido propuesto previamente por el entonces presidente de la Corte Suprema.

Consultada por La Hora, la jueza también rechazó que su inclusión pudiera estar relacionada con sus vínculos dentro del Organismo Judicial.

Al preguntarle por su relación con Teódulo Cifuentes, respondió que únicamente lo conocía de vista. Sobre Flor García Villatoro dijo que la relación era todavía más distante y que la había visto en actividades del Consejo y durante las entrevistas del proceso. “Con toda honestidad”, respondió al describir ese vínculo.

También cuestionó que se pusiera bajo sospecha su trayectoria profesional. La jueza dijo además que era docente de la Escuela de Estudios Judiciales y que había participado anteriormente como tutora de otras promociones. Defendió su preparación académica y aseguró que había llegado al proceso por sus propios méritos.

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ORGANISMO JUDICIAL EVITA RESPONDER

La Hora trasladó al Organismo Judicial una serie de 10 preguntas sobre la admisión de Escobar González al Programa de Formación de Jueces de Primera Instancia y la diferencia entre las fechas de su expediente y el requisito de tres años.

“Los períodos de excedencia no se computan para efectos de antigüedad o tiempo de servicio activo; sin embargo, dicha condición no implica por sí misma la pérdida del vínculo laboral con el Organismo Judicial”, respondió el poder judicial que preside Claudia Paredes.

Sobre cómo se desarrolla un ascenso, el Organismo Judicial dijo que “conforme a la Ley de la Carrera Judicial, su Reglamento, las bases de la convocatoria y demás normativa aplicable”.

El Organismo Judicial, que actualmente preside Claudia Paredes, no respondió a 10 preguntas sobre la elegibilidad de la jueza Diana Escobar. Foto La Hora: Daniel Ramírez.
El Organismo Judicial, que actualmente preside Claudia Paredes, no respondió a 10 preguntas sobre la elegibilidad de la jueza Diana Escobar. Foto La Hora: Daniel Ramírez.

“En ese sentido, cualquier elemento que pudiera no estar acorde con los requisitos establecidos será conocido y valorado por el Consejo de la Carrera Judicial, como órgano competente, con base en la documentación correspondiente y dentro del procedimiento legal respectivo”, respondió sobre la admisión de la jueza pese a no contar con el requisito.

La respuesta institucional no explicó, sin embargo, qué criterio permitió declarar elegible a Escobar González y no respondió a ninguna de las 10 preguntas hechas por La Hora.

UNA DECISIÓN QUE QUEDA EN MANOS DEL CONSEJO

Escobar González continúa con su formación para optar a una plaza de jueza de Primera Instancia. Durante la entrevista explicó que el proceso es “exigente” y que la preparación se extenderá hasta mayo de 2027.

La jueza considera que retirarla ahora del proceso sería injusto porque fue el propio Consejo quien recibió su expediente, verificó sus documentos y la declaró elegible.

Pero el caso plantea una cuestión que no responde la documentación revisada: si el Consejo de la Carrera Judicial sabía que Escobar González estuvo en excedencia durante más de dos años —interrumpiendo su carrera— y si el propio Organismo Judicial reconoce que ese período no cuenta como servicio activo, ¿por qué fue admitida cuando todavía no sumaba los tres años ininterrumpidos exigidos por el Reglamento y por la convocatoria?

La respuesta a esa pregunta corresponde al Consejo de la Carrera Judicial, presidido por Flor García Villatoro.

El expediente, mientras tanto, deja una secuencia difícil de conciliar: Escobar González ejerció como jueza de Paz entre 2019 y 2021; salió en excedencia para trabajar en la Presidencia de Giammattei hasta noviembre de 2023; regresó al Organismo Judicial en diciembre de ese año; y en junio de 2025 fue admitida a un proceso que requería tres años de servicio activo ininterrumpido.

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