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Accionan en la CC contra la resolución de la SAT para armonización del DPI como NIT
Una acción acción de inconstitucionalidad total fue presentada en la CC, este jueves 27 de marzo, en contra de la resolución de la SAT 393-2025 en la cual emite disposiciones administrativas para adoptar los códigos del DPI como NIT y su armonización.
El abogado Diego Sagastume Vidaurre, dio a conocer que presentó la acción de inconstitucionalidad total en contra de la resolución de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para el uso indistinto del Código Único de Identificación (CUI) y del Número de Identificación Tributaria (NIT).
La mencionada resolución está identificada con el número SAT-DSI-393-2025, emitida el 7 de marzo del 2025 y publicada en el Diario de Centro América el 17 de este mismo mes.
En esta, la entidad resuelve la utilización indistinta de los dígitos del Código Único de Identificación (CUI) y del Número de Identificación Tributaria (NIT), explicó el abogado.
El CUI contiene los dígitos que aparecen en el Documento Personal de Identificación (DPI).
Sagastume Vidaurre indicó que la presentación de la constitucionalidad fue de manera personal junto a los abogados Ricardo Sagastume Morales y Marcella Orr Solares.
Expuso que la inconstitucionalidad se presenta por varias razones, pero principalmente, porque el Registro Tributario Unificado (RTU) fue creado específicamente por una ley del Congreso de la República para temas de control tributario, mientras que el DPI fue creado en la Ley del Registro Nacional de las Personas (Renap) en el 2005.
En este último se establecía la sustitución de la cédula de vecindad por el DPI con un Código Único de Identificación (CUI) para que persona individual, fines especiales y específicos de identificación civil de una persona.
“En todo caso, cualquier cambio que se desee hacer debe realizarse a través de una reforma o emisión de un decreto en el Congreso de la República y no a través de una resolución de la SAT”, expuso el abogado.
Opinó que con esa resolución se viola el principio de legalidad establecido en la Constitución Política, respecto al procedimiento legislativo, ya que la SAT se está atribuyendo funciones que no le corresponden, y de la supremacía constitucional, como la jerarquía normativa.
Sagastume Vidaurre amplía sus comentarios al indicar que “la única forma de cambiar lo que hoy tenemos es a través de una reforma de las leyes (a través del Congreso). No hay otro mecanismo o vía, por ello es inconstitucional la resolución de la SAT y así debe declararlo la Corte de Constitucionalidad”.
INCONSTITUCIONALIDAD presentada:
— Diego Sagastume Vidaurre (@dsagastumev) March 27, 2025
Contra: Resolución de la Superintendencia de Administración Tributaria identificada como Resolución de Superintendencia número SAT-DSI-393-2025, de fecha 07 de marzo de 2025 y publicada en el Diario de Centro América el 17 de marzo de 2025 (que… pic.twitter.com/FXLCXEt5ML
La acción es contra toda la resolución porque la razón principal de esta resolución es la adopción de CUI como NIT.
“En síntesis, la naturaleza de cada registro es distinta y el mecanismo de reforma debe ser a través del Congreso”, finalizó.
En tanto la SAT explicó recientemente que el objetivo de la resolución es normativo y administrativo y el propósito es establecer disposiciones internas para completar la armonización progresiva. Además que la entidad debe hacer la armonización en alrededor de 200 sistemas informáticos.
En la actualidad hay activos alrededor de 10 millones 366 mil NIT.
Dentro de estos, en octubre del 2023 se empezaron a brindar los NIT a los nuevos contribuyentes con los dígitos del CUI.
🎙️ Te compartimos información sobre el proceso de armonización del CUI con el #NIT en los sistemas informáticos de la #SAT. pic.twitter.com/sM0MIByfAe
— SAT Guatemala (@SATGT) March 26, 2025