Enmienda, instrumento constitucional necesario

Enmienda, instrumento constitucional necesario

Ya es evidente la necesidad de cambios pero debidamente especificados y fáciles de entender.

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Resumen Automático

03/09/2025 00:04
Fuente: Prensa Libre 

La Corte de Constitucionalidad, con su reciente decisión de eliminar la cárcel domiciliar contra el periodista Jose Rubén Zamora el 18 de octubre pasado, comprobó la mala fe de darle libertad en uno de los dos juicios en su contra, luego de una violenta captura y prisión hace más de 813 días. Al ser la Corte de Constitucionalidad y el Ministerio Público, en especial su jefa Consuelo Porras los más interesados en seguirlo manteniendo encerrado, en pocas palabras permanecerá ocho meses más antes de lograr su salida el 16 de mayo del año entrante, fecha del final de su segundo período dentro de 217 días. Ojalá Bernardo Arévalo no tome en cuenta a la autonombrada Consuelo Porras, sino a una persona correcta y sin notorias manchas.

La Corte de Constitucionalidad necesita cambios urgentes para facilitar su interpretación.

Esta corte tiene relación directa con los comicios de 1984, cuando fue creada una nueva Carta Magna, con la esperanza de cambios positivos gracias a la calidad humana, ética, académica y jurídica de sus integrantes. Fue aceptada la idea de crear una corte dedicada a la Constitución, y en sus primeros años fue exitosa. Su derrumbe comenzó al exagerarse el criterio de ser sujeto de amparo la totalidad de las acciones ciudadanas, no sólo —como era lógico— las relacionadas a temas eminentemente constitucionales. Fue una interpretación güizachesca, en realidad y el resultado fue la multiplicación de estas posibilidades jurídicas y el atraso total de las decisiones. Ya es evidente la necesidad de cambios pero debidamente especificados y fáciles de entender.

Una manera de hacerlo es analizar el caso de la constitución estadounidense, en los 228 años pasados desde 1789 no ha tenido ninguna reforma pero sí 27 enmiendas, es decir arreglos (derecho al voto de la mujer, eliminación de la esclavitud, sólo dos períodos presidenciales) porque aclaran, eliminan, añaden, dan nuevos poderes a la población o al presidente. Para lograrlo debe haber propuestas de las dos terceras partes del Congreso o el Senado de las tres cuartas partes de los estados. Extrañamente, ha habido 11,848 intentos fracasados. Esto demuestra la solidez de la Carta Magna estadounidense y al mismo tiempo el interés ciudadano por hacer uso de los derechos y también de aceptar con confianza las decisiones tomadas por el sistema jurídico.

Este criterio constitucional, si bien en este momento cada vez parece estar más en peligro en Estados Unidos como consecuencia de la exageración de las llamadas órdenes presidenciales sobre cualquier tema o motivo. En la práctica actual son casi monárquicas, causante de situaciones novedosas, pero sobre todo molestas o incluso riesgosas. Los derechos de los turistas o de los ciudadanos se encuentran debilitados, y las autoridades policiales o de la guardia nacional ya tienen demasiadas atribuciones derivadas del criterio de los agentes. Esto ha disminuido el turismo pues la Constitución estadounidense parece estar en peligro y además puede ser una fuente abusos, lo cual es increíble pero cierto a causa de los ejemplos ya conocidos y publicados en la prensa.

En Guatemala, la existencia de artículos pétreos, es decir incambiables, ha tenido efectos contraproducentes. Algunos son necesarios y deben permanecer, como el derecho a la exhibición personal o la libertad de expresión, información y crítica al gobierno realizada sin el temor de castigos. Todo esto ya es letra muerta porque esa libertad se tiene o no. Se incluyen castigos a la injuria, calumnia o difamación para los ciudadanos, no a los burócratas. La Corte de Constitucionalidad no es independiente y en la realidad depende de las órdenes emanadas “de arriba” o de la burla de sus principios. En muchos países la interpretación constitucional tiene jerarquía menor y no la causa cualquier motivo.

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