Feriados y asuetos en Guatemala 2025: cómo serán los descansos y en qué fechas caen

Feriados y asuetos en Guatemala 2025: cómo serán los descansos y en qué fechas caen

Guatemala cuenta con distintos feriados y asuetos. Conozca qué descansos habrá y cómo podrán gozarse durante 2025.
12/03/2025 17:36
Fuente: Prensa Libre 

El Código de Trabajo establece distintos tipos de feriados y asuetos en Guatemala derivados de celebraciones cívicas, religiosas y otras conmemoraciones.

Entre los asuetos se encuentran los feriados, que corresponden a las fiestas patronales en honor de un santo católico determinado. Estos pueden variar según el municipio de residencia.

De acuerdo con la legislación guatemalteca, el primer descanso se goza cada 1 de enero y el último a partir del mediodía del 31 de diciembre. Sin embargo, existen otros asuetos con goce de sueldo que pueden disfrutarse, entre los que se encuentran los que corresponden a Semana Santa.

En la ciudad de Guatemala existen alrededor de 13 asuetos, entre ellos el feriado correspondiente al 15 de agosto por la conmemoración del Día de la Asunción.

¿Cómo se gozarán los feriados y asuetos en Guatemala?

Los asuetos que se gozan a nivel nacional corresponden a distintas fechas cívicas, religiosas y otras observancias. Estos son los estipulados por el Código de Trabajo:

  1. Jueves Santo. Este asueto está previsto para el 17 de abril de 2025. Es el segundo del año.
  2. Viernes Santo. Se gozará el 18 de abril de 2025.
  3. Sábado de Gloria. Este asueto corresponde al 19 de abril del año en curso.
  4. Jueves 1 de mayo. Día de los Trabajadores. Este descanso no se traslada ni modifica, conforme a lo establecido por la Corte de Constitucionalidad en 2020.
  5. Lunes 30 de junio. Día del Ejército. Se disfrutará como parte de un fin de semana largo.
  6. Viernes 15 de agosto. Feriado de la ciudad capital por el Día de la Asunción, así como en otros municipios. No se goza en todo el país.
  7. Lunes 15 de septiembre. Día de la Independencia. Habrá fin de semana largo.
  8. Lunes 20 de octubre.Asueto alusivo al Día de la Revolución.
  9. Sábado 1 de noviembre.Día de Todos los Santos. Esta fecha no se modifica.
  10. Miércoles 24 de diciembre. Se goza a partir del mediodía, según lo establece la ley.
  11. Jueves 25 de diciembre. Asueto por Navidad. No se modifica.
  12. Miércoles 31 de diciembre. Se descansa a partir de las 12 horas, sin cambio alguno.
  13. Día de la festividad de la localidad. Esta fecha varía en cada municipio y se considera feriado por su origen patronal.