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Repensar la Democracia (IV)
Dentro de los comentarios recibidos sobre mí artículo anterior un amigo me comentaba que sí se está trabajando un diálogo con el movimiento indígena, algo que es muy positivo y alentador porque, como hemos expuesto una refundación del Estado requiere la previa negociación de acuerdos destinados a lograr – en un plazo que ojalá […]
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Dentro de los comentarios recibidos sobre mí artículo anterior un amigo me comentaba que sí se está trabajando un diálogo con el movimiento indígena, algo que es muy positivo y alentador porque, como hemos expuesto una refundación del Estado requiere la previa negociación de acuerdos destinados a lograr – en un plazo que ojalá no sea demasiado largo pero que, obviamente, va más allá de las coyunturas electorales así que dicho diálogo sobre temas constitucionales no debería estar sujeto a plazos fijos – la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) entre otras razones porque reformas parciales a la Constitución vigente no podrían abordar temas estructurales de fondo, como el de la descentralización del Estado para –– y este es un ejemplo hipotético – en lugar de la estructura departamental copiada del modelo francés centralizado que adoptamos desde el siglo XIX se pudiesen establecer regiones autónomas inspiradas en el modelo español de 1978 o bien, para ejemplificar con otra cuestión que ninguna reforma constitucional podría abordar apropiadamente, fijar los parámetros normativos del pleno respeto y reconocimiento que se debe tanto al sistema jurídico como a las formas de organización social de los pueblos indígenas incluyendo aquí tanto los democráticos sistemas comunales de gobierno como las formas de tenencia de la tierra que incluyen la propiedad comunal y por supuesto, a todas las manifestaciones de lo que Diego Vásquez Monterroso llama el kojonik o núcleo articulador de la espiritualidad y cosmovisión maya.
Es claro que en lo concerniente a ponerse de acuerdo para convocar una ANC la problemática a resolver es mucho más compleja y no solo por los aspectos procedimentales, que ya de por sí tienen sus propias dificultades, sino – sobre todo – porque aun cuando los actores políticos principales logren acuerdos de importancia, todavía tendrán la difícil tarea de involucrar en los debates al sector privado y a las distintas organizaciones de la sociedad civil. Además, también sería conveniente que, aunque se trate de aportes puntuales hechos por diversas organizaciones del pueblo maya, los interlocutores estatales conozcan previamente las ideas de algunas de las propuestas para debatir ya publicadas por el pueblo maya, dentro de las cuales se encuentran, para citar algunos documentos concretos, los que fueron elaborados por el Consejo del Pueblo Maya en enero del 2021 bajo el título: “Proyecto Político: Un nuevo Estado para Guatemala. Democracia Plurinacional y Gobiernos Autónomos de los Pueblos Indígenas”, en el cual se proponen cuatro pactos: uno sobre democracia comunitaria, participativa, representativa y plurinacional, otro sobre una economía plurinacional que ellos llaman “de interés público social”, un tercer pacto sobre cultura plurinacional y el último que sería sobre “justicia plurinacional”. Recordamos también una presentación hecha por Demetrio Cojti sobre “Problemas conceptuales en la instauración de un Estado Plurinacional en Guatemala”, otro documento de CODECA de abril del 2016 denominado Guatemala: Vamos por un proceso de Asamblea Constituyente Popular y Plurinacional así como las propuestas de Waquib’Kej en noviembre del 2015 sobre “Demandas y propuestas políticas de los pueblos indígenas de Iximulew: Caminando hacia un proyecto político para la reconstitución del Buen Vivir y la fundación de un Estado Plurinacional”.
Hasta dónde llega nuestro conocimiento, ninguna de las propuestas mencionadas recibió atención gubernamental seguramente como consecuencia de ese racismo estructural que permea la burocracia y que se encuentra subyacente en todas las relaciones del aparato estatal con los pueblos originarios, máxime que se trataba de los gobiernos de Otto Pérez, Jimmy Morales y Alejandro Giammattei. Simplemente se ignoraron. Además, como es bien conocido el racismo se encuentra presente en las relaciones de todo guatemalteco no indígena (o mestizo) con los pueblos originarios. Es casi una cuestión de principio considerar a Guatemala como un país homogéneo en el que todos los ciudadanos somos iguales ante la ley – y por ese motivo cuando se plantea la necesidad de una Asamblea Constituyente como lo hace el pueblo maya casi todos los “ladinos” responderán que la Constitución vigente es excelente, que lo importante es cumplirla y que basta con reformarla si hubiese necesidad de hacerlo, algo que se considera discutible – cuando es evidente que los ciudadanos de los pueblos indígenas no se encuentran en pie de igualdad con los del resto del país.
Y para muestra un botón que ha circulado ampliamente en las redes sociales: durante una comparecencia en el Congreso de la República podemos escuchar a una de las viceministras del MIDES dirigirse al pueblo de Sololá en los idiomas de la región, algo que motivó al diputado “ladino” que la interpelaba – el presidente de la Comisión legislativa de desarrollo – a decirle a la viceministra que incurría en una “falta de educación” hacia él, exigiéndole expresarse en español. La viceministra contestó muy correctamente que el español era el idioma que se les había impuesto y que ella se estaba dirigiendo al pueblo de Sololá pero que con mucho gusto lo traduciría. Sin embargo, a pesar de las evidencias del racismo nos negamos a aceptarlo negando la realidad y fingiendo vivir en un país en donde reina la igualdad. Los indígenas – y esto a pesar de que los benévolos constituyentes del año 85 incluyeron en la Constitución los artículos 66, 67 y 68 sobre comunidades indígenas, que establecen la “protección de los grupos étnicos” así como de “las tierras y cooperativas indígenas” – aunque estos no existan “oficial” y socialmente, pues solo hay “ciudadanos guatemaltecos” ¿o alguien ha oído hablar de “ciudadanos indígenas”?
Por otra parte, el solo hecho de aceptar la existencia de grupos “étnicos” que merecen protección es discriminador, pues implícitamente se está reconociendo que no todos los guatemaltecos somo iguales, además de que dicha normativa puede considerarse como racista en si misma porque solo se protege a quienes están en situación subalterna o inferior, no a los iguales. Y como el racismo no solo tiene una dimensión jurídica sino también psicológica (el inconsciente colectivo como le llamaría Jung), basta con imaginar lo que sucedería en una familia clasemediera (ni siquiera de la oligarquía criolla que manda desde tiempos de la colonia) si cualquier joven estudiante de medicina llegara a su pulcro hogar de las zonas 10, 14 o 15 capitalinas a presentar a una joven indígena de la comunidad en donde realizó su EPS como su novia con la que piensa contraer matrimonio. O la situación inversa todavía más inverosímil, pero perfectamente posible, es decir la de una estudiante de medicina, mestiza y de clase media, presentando a su familia un novio indígena. Y por el lado político es fácil explicarse porqué candidaturas a la Presidencia como las de Rigoberta Menchú, Amílcar Pop o Telma Cabrera no fueron exitosas y ya podemos imaginar el bloqueo que le hubiesen armado a ésta última si en lugar de un cuarto lugar hubiese ganado las elecciones del 2019. El bloqueo y las histéricas acusaciones contra Semilla y Bernardo se quedarían pequeños.
De manera que para aterrizar estas reflexiones en las ciencias sociales nos proponemos examinar en los próximos artículos algunos de los temas más importantes del libro de Diego Vásquez Monterroso sobre Heterarquía y amaq’. Comenzaremos con algunas definiciones conceptuales: Heterarquía claramente se opone al concepto de jerarquía y según Vásquez “ha sido la base fundamental de las sociedades mayas a lo largo de varios siglos” (p.19) y consiste en “una forma de organización constipativa múltiple, donde sus componentes están en igualdad – o en algo cercano a la igualdad – entre sí y las decisiones comunes se toman a través de consensos”. Sin embargo, Vásquez agrega que en la práctica sociopolítica este concepto puede ser complementario del concepto de jerarquía pues “los sistemas heterárquicos no son totalmente horizontales y siempre existe algún tipo de jerarquía, donde uno o varios elementos tienen más preponderancia que otros; aun así, estos siempre están sujetos a un orden colectivo de toma de decisiones. La heterarquía sirve para explicar los ‘Estados’ mesoamericanos antiguos y sus reconfiguraciones coloniales y republicanas” (p.23). El otro concepto – que da título al libro también – es el de Amaq’ que se refiere a uno de los tres niveles de organización del altiplano maya de modo que este último, en tanto que nivel intermedio, suele componerse de dos o más chinamit o calpul siendo estos equivalentes de los conceptos de cantón o aldea. Se puede definir entonces al Amaq’ como “una forma de organización que incluye dos o más familias muy emparentadas entre sí, que además comparten el culto a una entidad sagradas, un territorio, una o más especializaciones laborales y poseen un origen compartido. Este último aspecto es central para explicar su perdurabilidad a través de siglos de transformaciones, crecimientos y crisis, hasta adquirir sus formas actuales de barrio, cantón, aldea, caserío y otras, según la denominación geográfica estatal guatemalteca actual, mientras muchas comunidades han seguido conservando formas de lo antiguo” (pp.22-23). Continuaremos.