Claudia Paredes canceló dos concursos de jueces y ascendió a dos secretarios que no participaron
Los documentos del Organismo Judicial muestran que los abogados Rodrigo Montenegro Samayoa y Maritza Trinidad Ramírez Onofre eran elegibles para ejercer como jueces de Paz, pero no participaron en los concursos abiertos para cubrir las plazas que hoy ocupan. La magistrada Claudia Paredes canceló ambas convocatorias en donde 19 aspirantes competían y, en la misma […]
Los documentos del Organismo Judicial muestran que los abogados Rodrigo Montenegro Samayoa y Maritza Trinidad Ramírez Onofre eran elegibles para ejercer como jueces de Paz, pero no participaron en los concursos abiertos para cubrir las plazas que hoy ocupan. La magistrada Claudia Paredes canceló ambas convocatorias en donde 19 aspirantes competían y, en la misma resolución, decidió ascenderlos temporalmente.
Hay una contradicción entre lo que el Organismo Judicial dice que debe ocurrir para llegar a un plaza de juez y lo que hizo la magistrada Claudia Paredes, avalada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para llenar dos vacantes.
En sus propias redes sociales, el Organismo Judicial explica a los aspirantes que no basta con ser elegible para ocupar una plaza. Es necesario esperar una convocatoria, postularse, cumplir con los requisitos, pasar por el proceso de selección y, finalmente, ser incluido en una nómina que llega al pleno de la Corte Suprema para que los magistrados decidan.
Los ahora jueces de Paz Rodrigo Montenegro Samayoa y Maritza Trinidad Ramírez Onofre no siguieron ese camino. Se saltaron todas las fases y terminaron ejerciendo el uso de la toga.
Ambos tenían la condición de elegibles, pero ninguno participó en los dos concursos internos por oposición que la propia Corte dejó sin efecto tras beneficiarlos. Aun así, en febrero pasado, el pleno de la Corte Suprema resolvió ascenderlos desde sus puestos como secretarios de juzgados para convertirlos en jueces de Paz del Consejo de la Carrera Judicial. La decisión aparece en el Acta 09-2026.

En el caso de Montenegro, la Corte lo nombró juez de Paz suplente en una plaza temporal, en sustitución de un funcionario que había iniciado funciones como consejero del Consejo de la Carrera Judicial. En el caso de Ramírez, la Corte la nombró jueza de Paz suplente en una plaza fija, debido a que la titular había sido trasladada a otro cargo. En ambos casos, el acta deja expresamente establecido que se trataba de un “ascenso temporal”.
La misma resolución contiene una decisión todavía más significativa: dejar sin efecto los concursos internos por oposición CCJ-67-2025 y CCJ-74-2025.
Es decir, en una misma decisión, la Corte y la magistrada Claudia Paredes cerraron los procesos en los que había aspirantes que sí se habían postulado y optó por nombrar a dos personas que no participaron en ellos.

DOS CONCURSOS QUE TERMINARON SIN GANADOR
Los concursos habían comenzado meses antes.
El CCJ-67-2025 fue convocado el 9 de mayo de 2025 para una plaza de juez de Paz suplente en Guatemala. El CCJ-74-2025 comenzó el 18 de junio de ese mismo año para otra plaza de juez de Paz suplente.
Cuando fueron dejados sin efecto, ambos seguían vigentes, según la información oficial entregada a La Hora por el Consejo de la Carrera Judicial (CCJ) —órgano encargado de los concursos públicos y oposiciones para el ingreso de jueces y magistrados—.
En el primero habían participado 13 personas que competían por ser juez. En el segundo, seis. Ninguna de ellas fue seleccionada.

La explicación oficial es que la autoridad nominadora decidió dejar sin efecto los concursos. Después de esa decisión, fueron nombrados Montenegro y Ramírez para cubrir las vacantes.
El propio Consejo de la Carrera Judicial —que preside la magistrada Flor García Villatoro— confirmó, además, algo determinante cuando La Hora preguntó específicamente por ambos nombramientos: Montenegro no participó en ninguno de los concursos CCJ-67-2025 o CCJ-74-2025. Ramírez Onofre tampoco participó en ninguno de los dos.
La documentación entregada por el Consejo acredita que ambos tenían la condición previa de jueces de Paz elegibles. Pero ser elegible no equivalía, según el propio procedimiento que explica el Organismo Judicial, a haber competido por una plaza concreta.
PAREDES EFECTUÓ LOS ASCENSOS
El acta tampoco presenta a los dos funcionarios como jueces que ya ocupaban una plaza de Paz y que simplemente fueron trasladados. Los identifica por los cargos que tenían antes del ascenso.
Montenegro era secretario de Paz del Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno del municipio de Guatemala, mientras que Ramírez Onofre era secretaria de Paz del Juzgado de Paz del municipio de Comapa, Jutiapa.
La Corte decidió que ambos pasaran de esos puestos administrativos dentro de los juzgados a ejercer como jueces de Paz suplentes. La resolución fue presentada al pleno por la magistrada Claudia Paredes, entonces vocal sexto y presidenta de la Cámara Civil.

El antecedente está en el Acta 07-2026, del 28 de enero. En esa sesión, Paredes explicó que la Cámara Civil había analizado la ausencia de nombramientos de jueces suplentes y que era necesario apoyar a órganos jurisdiccionales con alta carga de trabajo. Solicitó entonces autorización para ascender temporalmente a dos jueces de Paz elegibles.
La Corte la facultó para hacerlo en solitario.
UNA OPORTUNA EXCEPCIÓN
El contraste resulta más evidente porque el Organismo Judicial ha difundido recientemente una campaña para explicar cómo se llega a una judicatura. “¿Sabes realmente cómo se nombra a un juez?”, plantea un video publicado en Facebook. La respuesta institucional enumera cuatro pasos.
Primero, una convocatoria oficial cuando existe una plaza vacante. Después, la postulación obligatoria: el OJ advierte expresamente que “no basta con estar en un listado general de elegibles” y que la persona interesada debe participar voluntariamente en el concurso correspondiente.
Luego viene la revisión de expedientes y la conformación de la nómina de aspirantes que participaron formalmente. Finalmente, el pleno de la CSJ analiza esa nómina y decide por mayoría.
Los casos de ambos jueces muestran una vía distinta: ambos funcionarios ya habían sido declarados elegibles, pero no compitieron por las plazas que posteriormente ocuparon. El argumento utilizado por el Organismo Judicial para explicar estos nombramientos está relacionado con las vacancias.

En una respuesta de la Unidad de Información Pública, el OJ citó el acuerdo 12-2022 de la Corte Suprema. Esa norma establece que, ante una vacancia temporal, la Presidencia del Organismo Judicial y de la Corte Suprema debe girar instrucciones para que se designe al juez suplente que deba cubrirla y, a falta de este, al juez que se considere más viable.
Cabe destacar que tanto Montenegro como Ramirez no eran jueces en ese momento, sino secretarios. Sin embargo, la Corte utilizó esa figura para justificar su ascenso como jueces de Paz.
Pero la pregunta que deja la documentación no es si existía un mecanismo para atender una vacancia. Es otra: por qué la Corte decidió dejar sin efecto dos concursos que ya estaban en marcha y, en lugar de escoger entre quienes se habían postulado, nombró a dos funcionarios que no habían participado en esos procesos.
LA RECOMENDACIÓN DE CORADO
En el caso de la ahora jueza Ramírez hay, además, un elemento que lleva la decisión hacia las relaciones internas de la Corte Suprema.
Fuentes de la Presidencia del Organismo Judicial y de la vocalía que ocupa el magistrado Luis Corado Campos coincidieron en declaraciones a La Hora que la abogada fue recomendada por ese magistrado.
La documentación oficial no identifica a Corado como el responsable de proponerla. El Acta 09-2026 atribuye a Paredes la presentación del asunto ante el pleno y la decisión final corresponde a la Corte Suprema.
La Hora buscó a Ramírez Onofre para conocer su versión. La primera llamada fue atendida por ella, pero posteriormente otra persona respondió el teléfono.

El mensaje enviado al número que la propia funcionaria consignó ante el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) le explicó que el reportaje documentaba su ascenso sin que hubiera participado previamente en la convocatoria y que fuentes consultadas señalaban que su nombramiento habría sido recomendado por Corado.
También se le pidió que explicara las circunstancias de su ascenso y respondiera a los señalamientos. Al cierre de esta información no había brindado respuesta.
MONTENEGRO RESPONDE
Montenegro sí respondió a La Hora. “No tengo una postura concreta sobre nombramientos ajenos ni sobre el trámite interno del Organismo Judicial”, respondió al ser consultado.
Sobre su propio caso, explicó que el pleno de la Corte Suprema realiza, por razones de servicio, nombramientos temporales de jueces de Paz que han egresado del Programa de Formación Inicial de la Escuela de Estudios Judiciales.
Según Montenegro, estos nombramientos temporales no constituyen un concurso de oposición. “Tengo entendido que la oposición se convoca cuando la plaza queda vacante en definitiva. Mientras es temporal, el nombramiento se hace de un listado de quienes ya cumplimos esa formación, y uno no postula a una plaza concreta ni tiene certeza de la sede hasta que se comunica la designación”, explicó.

“Mi situación actual es de esa naturaleza: ascenso temporal por la necesidad del servicio, no un ascenso definitivo”, afirmó. Su trayectoria, añadió, ha estado marcada por intentos de conseguir una plaza fija. “Desde el año 2021 he llenado decenas de convocatorias a plaza fija y sigo sin nombramiento definitivo; solo he recibido coberturas temporales”, señaló.
El funcionario aseguró que su objetivo continúa siendo obtener un nombramiento definitivo mediante una convocatoria en la que se haya postulado. “Mi interés es que se me nombre definitivamente en una plaza a la que me postulé”, afirmó, al tiempo que señaló que busca continuar sirviendo al Organismo Judicial y a la población, donde asegura trabajar desde 2010.
ANTECEDENTES DE NOMBRAMIENTOS IRREGULARES
Los nombramientos se producen, además, en un Organismo Judicial que ha enfrentado cuestionamientos recientes por la forma en que los magistrados del bloque dominante de la Corte Suprema mueve, asciende y designa jueces.
En 2025, La Hora documentó que la Corte había oficializado más de 90 movimientos de jueces mediante un acta que no contaba con las firmas de todos los magistrados que participaron en el pleno. Entre las decisiones había nombramientos, ascensos y traslados de jueces de Paz y de Primera Instancia.
La Corte también ha sido cuestionada por decisiones relacionadas con la creación de nuevas salas de apelaciones y el nombramiento de magistrados, procesos en los que distintos sectores señalaron posibles anomalías y usurpación de funciones ya que es el Congreso de la República quien los elige para el cargo.
La documentación no sostiene que Montenegro y Ramírez Onofre fueran personas que carecieran de los requisitos para ejercer como jueces. Pero no participaron en los concursos que posteriormente fueron dejados sin efecto.
En febrero, la Corte Suprema tomó una decisión que alteró ese recorrido. Los concursos desaparecieron, los participantes quedaron sin un nombramiento, y como resultado dos secretarios de juzgado, que no habían competido en esos procesos, terminaron ascendidos a jueces. La resolución fue inmediata.
