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Artículo 27 de la CVDT: Cacif asegura que decisión de la CC era necesaria y pide respetar el orden constitucional
El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) calificó como de “gran trascendencia”, la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC) de dejar en suspenso la decisión de la administración de Bernardo Arévalo de levantar la reserva al artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. “Dicha […]
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El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) calificó como de “gran trascendencia”, la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC) de dejar en suspenso la decisión de la administración de Bernardo Arévalo de levantar la reserva al artículo 27 de laConvención de Vienasobre el Derecho de los Tratados.
“Dicha resolución constituye un fallo de gran trascendencia institucional, ya que ratifica la primacía de la Constitución Política de la República como norma suprema del ordenamiento jurídico guatemalteco, tal como se establece en los artículos 44, 175 y 204 de nuestra Carta Magna”, aseguró Cacif.
También, afirmó que es una claridad jurídica esencial para preservar el Estado de derecho, garantizar la seguridad jurídica y mantener la estabilidad republicana del país.
De esta cuenta, el sector empresarial aseguró que la decisión reafirma el principio de supremacía constitucional, el cual garantiza que ninguna ley, tratado o norma internacional puede situarse por encima de la Constitución.
A criterio del Cacif, la decisión también brinda certeza jurídica tanto a los ciudadanos guatemaltecos como a actores económicos y sociales, nacionales e internacionales, a la vez que constituye un factor determinante para un clima de inversión responsable, la generación de empleo formal y estabilidad económica.
Al mismo tiempo, remarcó que la resolución fortalece los pilares del sistema republicano, incluyendo la independencia de los poderes del Estado, el equilibrio entre funciones públicas y respeto a la propiedad privada, los cuales recalcó que son elementos fundamentales para el desarrollo sostenible del país.
CC deja en suspenso el retiro de reserva del artículo 27 de la Convención de Viena
DECISIONES NECESARIAS, ASEGURA CACIF
Asimismo, Cacif remarcó que este tipo de resoluciones son necesarias para evitar interpretaciones jurídicas que puedan poner en riesgo el marco constitucional vigente y los principios que sostienen el contrato social del país.
Por ello, instó respetuosamente a todas las autoridades judiciales y administrativas del Estado a observar y aplicar el criterio con responsabilidad, asegurando que cualquier norma o convenio o tratado internacional se interprete y ejecute en conformidad con la Constitución.
La Corte de Constitucionalidad fortalece la certeza jurídica del país.
El Sector Privado Organizado valora la resolución de la Corte de Constitucionalidad sobre la reserva al artículo 27 de la Convención de Viena, esto, por su contribución al fortalecimiento de la… pic.twitter.com/oalKvexztZ
— CACIF (@CACIFGuatemala) May 20, 2025
También, señaló que Guatemala necesita instituciones coherentes, firmes en su función y respetuosas del orden constitucional.
“Este fallo representa un paso importante en esa dirección y una señal positiva para el fortalecimiento de la institucionalidad republicana del país”, concretó Cacif.
CC REVIERTE DECISIÓN
La alta Corte revirtió la decisión de la administración de Arévalo dejando en suspenso el Acuerdo 65-2025, con el que levantó la reserva al artículo 27 de la CVDT, que establece que un Estado “no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado”.
Según explicó El Tribunal Constitucional, Guatemala realizó una reserva interpretativa sobre el artículo 27 de la CVDT, con el fin de reafirmar ante la comunidad internacional que la Constitución tiene preeminencia sobre cualquier ley o tratado, por lo que ningún tratado internacional podría tener prelación sobre el texto Constitucional.
Por ello, la máxima Corte detalló que en su función esencial de la defensa de la Constitución y la preservación de su eficacia, conforme el principio de supremacía constitucional, examinó la legalidad del acuerdo.
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“Concluyó que la aludida reserva sobre el artículo 27 de la Convención fue emitida conforme el mencionado principio, el que establece que la Constitución Política de la República de Guatemala prevalece sobre cualquier Ley o Tratado, de ahí la necesidad de su permanencia, pues conforme los artículos 44 y 175 de la Constitución, serán nulas ipso jure las leyes y las disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuya, restrinja o tergiversen los derechos que la Constitución garantiza -lo que incluye a los tratados-”, agregó.
De esta cuenta, la CC dejó en suspenso el Acuerdo Gubernativo 65-2025, y ordenó al presidente Arévalo notificar sobre la decisión a la Organización de las Naciones Unidas (ONU).